Resolución número (0478-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se autoriza una autorización de obras a la Concesión costera Cartagena Barranquilla S.A.S., para desarrollar el proyecto 'Construcción de la Circunvalar de la Prosperidad localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla, departamento del Atlántico - 16 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649336665

Resolución número (0478-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se autoriza una autorización de obras a la Concesión costera Cartagena Barranquilla S.A.S., para desarrollar el proyecto 'Construcción de la Circunvalar de la Prosperidad localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla, departamento del Atlántico

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49998

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto-ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante escrito de fecha 8 de junio de 2016, recibido en la Capitanía de Puerto de Ba-rranquilla el 10 de junio del mismo año, bajo radicado DIMAR número 132016101749, el señor Miguel Ángel Acosta Osio identificado con cédula de ciudadanía número 72175017 de Barran-quilla, en su calidad de representante legal de la Concesión Costera Cartagena Barranquilla S.A.S.

Que mediante C.T 09-A-CP03-ALIT-613 del 30 de junio de 2016 la capitanía de puerto de Barranquilla emite a la Dirección General Marítima concepto a la solicitud Autorización de Obras Proyecto de Construcción de la Circunvalar de la Prosperidad localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla, departamento del Atlántico". Anexando documentación del trámite.

Que con la solicitud formal de concesión, fueron allegados los siguientes documentos e información:

  1. Concepto del Ministerio deAmbiente y Desarrollo Sostenible, Parques Nacionales y/o Corporaciones Autónomas Regionales

    Por medio de la Resolución número 1382 del 29 de octubre del 2015, la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales (ANLA) otorga a la concesión Costera Cartagena-Barranquilla S.A.S., con número de Identificación Tributaria - NIT. 900763355-8, licencia ambiental para la ejecución del proyecto denominado "Unidad funcional 6 km 16+500 al Km 36+655" el cual está localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla en el departamento del Atlántico.

  2. Certificación de la Alcaldía y/o Autoridad Policiva

    Mediante oficio de fecha 22 de febrero de 2016, la respectiva Secretaria Distrital de Planeación de la Alcaldía de Barranquilla indica que: "... dentro de sus competencias no está expedir certificación en cuanto a determinar si un predio está ocupado por personas o desocupado, para este despacho no es claro determinar que es un "Servicio Oficial" así mismo indica que: "... En cuanto a que el proyecto esté sujeto a las normas del uso del suelo POT el Decreto 0212 de 2014 por medio del cual se adoptó el Plan de Ordenamiento Territorial de Barranquilla dentro de su cartografía en el plano "MAPA G-02 Articulación con el área Metropolitana" señaló "un trazado" para la futura "vía circunvalar de la prosperidad" no significando que este fuera su trazado final el cual estaría sujeto a los correspondientes estudios topográficos y diseño geométrico final...".

    Mediante certificado de fecha 24 de junio de 2016, el suscrito Secretario de Desarrollo Territorial de Puerto Colombia, certifica que: "... no existe proyecto alguno para esta zona, el terreno sobre el cual se va a construir no está ocupado por otras personas, no está destinado a ningún uso público, que no está destinado a ningún servicio oficial, que la construcción proyectada no ofrece ningún inconveniente por parte de este municipio y el proyecto está sujeto a las normas del uso del suelo que está definido en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial Municipal (PBOT)...".

  3. Viceministerio de Turismo

    Mediante Oficio GPDST-014, REF.: 1-2016-000996, la respectiva Coordinadora del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo, envía certificación DM- 003 de 2016 del 4 de febrero de 2016, en el cual se constata que en la actualidad no se adelanta ningún proyecto turístico que pudiera requerir el uso y goce de las playas y terrenos de bajamar localizados en el costado occidental de la ciudad de Barranquilla, departamento Atlántico.

  4. Ministerio de Transporte

    A través de Oficio radicado MT número 201650000 de fecha 19-02-2016, el Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte certifica que: "... Certifica que en la actualidad las zonas de uso público relacionadas para el desarrollo del proyecto en mención, están clasificadas dentro de la zona de bienes de uso público de la nación, las obras del proyecto a desarrollar se encuentran ubicadas en la cordialidad ruta 9006 PR112+300, a 1.3 km al oriente del casco urbano del municipio de Galapa, con una longitud de 20.15 km hasta la glorieta de Las Flores, corredor perimetral por el costado occidental de Barranquilla, departamento del Atlántico, NO se traslapa con ningún contrato de cargo de la agencia y sobre la misma NO existe solicitud de concesión en trámite vigentes bajo la administración de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI)...".

  5. Ministerio del Interior

    Mediante certificación número 987 del 13 de julio de 2015, el Director de Consulta Previa certifica:... "Que no se registra presencia de comunidades Indígenas, ROM y Minorías, en el área del proyecto: "Contrato de Concesión para la Financiación, Elaboración de Estudios y Diseños Definitivos, Gestión Ambiental, Gestión Predial, Gestión Social, Construcción, Rehabilitación, Mejoramiento, Operación y Mantenimiento del Corredor Proyecto Cartagena-Barranquilla y Circunvalar de la Prosperidad. Unidad Funcional 5 (km 0+000 al km 16+500) y Unidad Funcional 68km 16+500 al km 36+655)", localizado en jurisdicción del Distrito Especial, Industrial y Portuario de Barranquilla y jurisdicción de los municipios de Malambo, Galapa y Puerto Colombia, departamento de Atlántico...".

  6. Concepto Técnico CT número 09-A-CP003-ALIT-613 del 4 de mayo de 2016, emitido por la Capitanía de Puerto de Barranquilla emite "viabilidad técnica para el trámite del proyecto" a la solicitud del proyecto "Construcción de la Circunvalar de la Prosperidad localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla, departamento del Atlántico".

    Que mediante concepto Técnico CT. 18-A-SUBDEMAR-ALIT-613 del 1º de agosto de 2016, la Subdirección de Desarrollo Marítimo de la Dirección General Marítima, dio viabilidad técnica a la solicitud de autorización de obras presentada por Concesión costera Cartagena, Barranquilla S.A.S.

    Que teniendo en cuenta los documentos aportados por el solicitante, esta Dirección General otorgará una autorización de obras en un área terreno que tiene las características técnicas de Bienes de Uso Público con lo descrito en el concepto técnico antes mencionado, el cual forma parte integral de la presente resolución.

    Que la Ley 1523 del 24 de abril de 2012, por la cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el Sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones, establece que "La gestión del riesgo es responsabilidad de todas las autoridades y de los habitantes del territorio colombiano".

    Que corresponde a la Dirección General Marítima expedir los actos y realizar las operaciones para el cumplimiento de sus funciones, así mismo, autorizar y controlar las concesiones y permisos en las aguas, terrenos de bajamar, playas y demás bienes de uso público de las áreas de su jurisdicción.

    Que el presente acto administrativo, se emite sin perjuicio de las decisiones legales, judiciales o administrativas proferidas por la autoridad competente, así como los efectos que a futuro se produzcan por la dinámica del litoral, que afecten la propiedad de la Nación o diriman a favor de particulares controversias reconociendo la validez de títulos traslaticios de dominio, sobre los bienes que hacen parte del trazado de jurisdicción de la Dirección General Marítima.

    Que en mérito de lo anterior, el Director General Marítimo,

    RESUELVE:

Artículo 1º

Otorgar a la Concesión costera Cartagena Barranquilla S.A.S., autorización para la ejecución de las obras proyecto "Construcción de la Circunvalar de la Prosperidad localizado en los municipios de Galapa, Puerto Colombia y Barranquilla, departamento del Atlántico", dentro de un área de ciento dos mil ochenta y dos coma noventa y cinco metros cuadrados (102.082,95 m2) correspondiente a un bien de uso público en la Ciénaga de Mallorquín dividida en seis (6) sectores, entre el Distrito de Barranquilla y el municipio de Puerto Colombia, departamento del Atlántico jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Barranquilla, dentro de las siguientes coordenadas de acuerdo con lo descrito en el Concepto Técnico número CT. 18-A-SUBDEMAR-ALIT-613 del 1º de agosto de 2016, emitido por la Subdirección de Desarrollo...

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