Resolución número 050066 de 2019, por medio de la cual se modifica la Resolución ICA 5382 de 2019
Emisor | Establecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario |
Número de Boletín | 51033 |
La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 4º del Decreto 3761 de 2009, el artículo 2.13.1.1.2 del Decreto 1071 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es el responsable de adoptar, de acuerdo con la ley, las medidas sanitarias y fitosanitarias que sean necesarias para hacer efectivo el control de la sanidad animal y vegetal.
Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, el control, la erradicación o el manejo técnico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos.
Que el ICA en ejercicio de las funciones de inspección, vigilancia y control, como autoridad fitosanitaria del país, ha detectado en pasos fronterizos, ingreso de café en grano verde en condiciones físicas desfavorables y con presencia de distintos tipos de plagas, en especial Cryptolestes pusilloides.
Que mediante Resolución ICA número 5382 del 25 de abril de 2019, se establecieron medidas fitosanitarias para prevenir la introducción y propagación de la plaga Cryptolestes pusilloides (coleóptera: Laemophloeidae), plaga cuarentenaria para Colombia.
Que mediante Resolución ICA número 00010176 del 19 de julio de 2019, se efectuaron algunas modificaciones tendientes a establecer medidas fitosanitarias que garanticen la no introducción y propagación de la plaga Cryptolestes pusilloides al territorio nacional.
Que efectuado el análisis técnico de aspectos reglamentarios referentes a la implementación de medidas fitosanitarias que garanticen un adecuado nivel de protección fitosanitaria para el país, así como el mantenimiento de las condiciones normales de comercio, se hace necesario modificar el artículo 3º de la referida resolución, con la finalidad de prevenir posibles efectos negativos sobre el comercio, garantizando las operaciones de importación de Café de grano verde a Colombia, sin perjuicio del estatus fitosanitario del país, así como de las normas aduaneras que rigen la materia.
Que en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Modifíquese el artículo 3º de la Resolución número 5382 del 25 de abril de 2019, el cual quedará así:
Artículo 3º. Medidas Fitosanitarias. Con el objeto de proteger la sanidad vegetal del país, de la introducción y propagación de Cryptolestes pusilloides (Coleoptera: Laemophloeidae), se...
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