Resolución número 0501 de 2020, por medio de la cual se definen los indicadores, variables y ponderadores para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa en la gestión sectorial de agua potable y saneamiento básico en las vigencias 2021 y 2022 - 29 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 850106943

Resolución número 0501 de 2020, por medio de la cual se definen los indicadores, variables y ponderadores para la determinación del criterio de eficiencia fiscal y administrativa en la gestión sectorial de agua potable y saneamiento básico en las vigencias 2021 y 2022

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín51452

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 58 y 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 2º del Decreto 3571 de 2011 y el artículo 5º del Decreto 313 de 2008, modificado por el artículo 3º del Decreto 155 de 2013 compilado en el artículo 2.2.5.2.5 del Decreto 1082 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el inciso 4º del artículo 356 de la Constitución Política, modificado por el artículo 1º del Acto Legislativo 04 de 2007, señaló en su tenor literal que "Los recursos del Sistema General de Participaciones de los departamentos, distritos y municipios se destinarán a la financiación de los servicios a su cargo, dándoles prioridad al servicio de salud, los servicios de educación, preescolar, primaria, secundaria y media, y servicios públicos domiciliarios de agua potable y saneamiento básico, garantizando la prestación y la ampliación de coberturas con énfasis en la población pobre";

Que el artículo 7º de la Ley 1176 de 2007 estableció los criterios de distribución de los recursos del agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones entre los distritos y municipios, dentro de los cuales incluyó el cumplimiento del criterio de eficiencia fiscal y administrativa;

Que el Decreto 313 de 2008, compilado en Título 5, Capítulo 2 del Decreto 1082 de 2015 del Sector Administrativo de Planeación Nacional, reglamentó los criterios de distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones para el sector de agua potable y saneamiento básico;

Que el artículo 2.2.5.2.5 del Decreto 1082 de 2015 facultó al Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio para definir los indicadores, variables y ponderadores para el cálculo del criterio de eficiencia fiscal y administrativa en la gestión sectorial de agua potable y saneamiento básico, en coordinación con el Departamento Nacional de Planeación y la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios;

Que el parágrafo 1º del precitado artículo dispuso que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio certificará, a más tardar el 10 de enero de cada año, los resultados del criterio de eficiencia fiscal y administrativa de los recursos de la participación para agua potable y saneamiento básico del Sistema General de Participaciones al Departamento Nacional de Planeación (DNP);

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.5.2.5 del Decreto 1082 de 2015, la información y metodología para el cálculo del criterio de distribución de eficiencia fiscal y administrativa de los...

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