Resolución número 0524 de 2021, por la cual se definen los Grupos Internos de Trabajo de la Subdirección Jurídica de la Secretaría General y se deroga la Resolución 543 del 5 de marzo del 2009 - 10 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862450113

Resolución número 0524 de 2021, por la cual se definen los Grupos Internos de Trabajo de la Subdirección Jurídica de la Secretaría General y se deroga la Resolución 543 del 5 de marzo del 2009

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51612

La Secretaria General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de sus facultades legales en especial de la conferida por el artículo 1º de la Resolución 2515 del 31 de julio de 2013 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 115 de la Ley 489 de 1998 señala que el representante legal de la entidad podrá crear y organizar con carácter permanente o transitorio, grupos internos de trabajo y que, en el acto de creación de tales grupos, se determinarán las tareas que deberán cumplir y las consiguientes responsabilidades y las demás normas necesarias para su funcionamiento;

Que el artículo 8º del Decreto 2489 de 2006 determina para la creación de los grupos internos de trabajo, una condición de integración con mínimo cuatro (4) empleados destinados a cumplir las funciones que determine el acto de creación, las cuales estarán relacionadas con el área de la cual dependen jerárquicamente;

Que mediante el artículo 1º de la Resolución Interna número 2515 del 31 de julio de 2013, el Ministro de Hacienda y Crédito Público delegó en cabeza del Secretario General de la entidad, la función de: "(...) Crear los Grupos de Trabajo que se requieren para el cumplimiento de las funciones del Ministerio (...)";

Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 20 del Decreto 4712 de 2008, la Subdirección Jurídica de la Secretaría General del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, entre otras tiene a su cargo las siguientes funciones: "(...) 3. Gestionar dentro de los términos legalmente establecidos, los recursos, revocatorias directas, derechos de petición y consultas, relacionados con la actividad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, que no hayan sido asignados a otra dependencia. 4. Notificarse, de acuerdo con la delegación realizada por el Ministro, de los diferentes procesos interpuestos con ocasión de la actividad del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en los cuales la representación no haya sido asignada a otra dependencia y otorgar el poder correspondiente. 5. Representar a la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público previa delegación del Ministro, en los distintos procesos que se adelanten en contra de la entidad ante autoridades administrativas y jurisdiccionales, relacionados con los asuntos de su competencia y que no hayan sido asignados a otra dependencia, así como efectuar el seguimiento y control de los mismos y mantener actualizado el registro de los procesos que le hayan sido asignados (...) 8. Adelantar todos los trámites y actividades tendientes al recaudo de las obligaciones que constituyen la cartera a favor de la Nación - Ministerio de Hacienda y Crédito Público y de aquellas que sean de su competencia, de conformidad con los procedimientos señalados en la ley. (...) 11. Coordinar y elaborar los diferentes informes exigidos por la ley, solicitados por los organismos de control y en general todos aquellos que le sean requeridos de acuerdo con la naturaleza de sus funciones (...)";

Que mediante la Resolución número 543 del 5 de marzo del 2009, se crearon en la Subdirección Jurídica de la Secretaría General, dos (2) Grupos Internos de Trabajo denominados "Grupo de Representación Judicial" y "Grupo de Derechos de Petición, Consultas y Cartera", y se establecieron sus funciones;

Que las actividades de la Subdirección y en consecuencia la de los actuales grupos de trabajo, se han incrementado en número y en nuevos procedimientos de apoyo a las áreas misionales, lo que demanda destinar recursos humanos y técnicos para su atención. Por este motivo, es conveniente, para lograr una especialización en la realización de dichas actividades en términos de atención a las acciones de tutela, así como al seguimiento, expedición de reportes, manejo de la información y su almacenamiento, asignar estas funciones a dos (2) grupos de trabajo adicionales a los existentes;

Que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE), en el marco de sus competencias ha expedido lineamientos en materia de defensa judicial entre los cuales está el denominado Modelo Óptimo de Gestión (MOG), el cual tiene como uno de sus propósitos gestionar de manera coordinada la litigiosidad de las entidades del orden nacional, proponiendo entre otras, una estructura funcional en las oficinas jurídicas, que permita separar las actividades de defensa y las de soporte administrativo;

Que considerando el volumen y diversidad de temas que se tratan en las acciones de tutela, así como los plazos perentorios e improrrogables para su contestación, la Subdirección Jurídica cuenta con un equipo especial dedicado exclusivamente a la atención de estos asuntos y que es importante organizar como un nuevo grupo interno de trabajo denominado "Grupo de Acciones de Tutela", que además de realizar la representación judicial en relación con tales acciones, efectúe el seguimiento, manejo de base de datos, cumplimiento de las órdenes impuestas al Ministerio y coordine las actividades de las áreas vinculadas en su ejecución;

Que, así mismo, la Subdirección Jurídica, además de contar con una estrategia de defensa articulada, requiere ejercer el control y seguimiento de las actuaciones judiciales y administrativas para cada uno de los diferentes procesos en los que es parte, asegurando la oportunidad y pertinencia de las diferentes gestiones respecto al alto volumen de procesos judiciales y extrajudiciales en los que se vincula al Ministerio de Hacienda y Crédito Público; control y seguimiento que tiene como eje la sistematización de la información a través de los sistemas Oracle, eKOGUI, SIED, la...

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