Resolución número 0546 de 2019, por la cual se crea el Subcomité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable en el Ministerio de Defensa Nacional Unidad Gestión General - Dirección Administrativa y se dictan otras disposiciones - 4 de Febrero de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 763852329

Resolución número 0546 de 2019, por la cual se crea el Subcomité Técnico de Sostenibilidad del Sistema Contable en el Ministerio de Defensa Nacional Unidad Gestión General - Dirección Administrativa y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50857

La Directora Administrativa (E), en uso de las facultades legales que le confiere el artículo 10 de la Resolución 9041 de 2018, en concordancia con la Resolución 193 de 2016 expedida por el Contador General de la Nación, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 209 y 269 de la Constitución Política determinan la obligatoriedad de las entidades y organismos del sector público para diseñar y aplicar métodos y procedimientos de Control Interno.

Que de conformidad con lo establecido en la Ley 87 del 29 de noviembre de 1993 "por la cual se establecen normas para el ejercicio del Control Interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones" y normas reglamentarias, el autocontrol y la autoevaluación debe ser una herramienta gerencial para mejorar los estándares de calidad, mediante la evaluación permanente de los procedimientos que inciden en la razonabilidad de los Estados Financieros de la Dirección Administrativa.

Que el artículo 27 de la Ley 489 de 1998 creó el Sistema Nacional de Control Interno, conformado por el conjunto de instituciones, instancias de participación, políticas, normas, procedimientos, recursos, planes, programas, proyectos, metodologías, sistemas de información, y tecnología aplicable, en concordancia con los principios constitucionales de la función administrativa.

Que el numeral 31 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002, establece que es deber de todo servidor público adoptar el Sistema de Control Interno y la función independiente de Auditoría Interna de que trata la Ley 87 de 1993 y demás normas que la modifiquen o complementen.

Que el numeral 52 del artículo 48 de la Ley 734 de 2002, define como falta gravísima no dar cumplimiento injustificadamente a la exigencia de adoptar el Sistema Nacional de Contabilidad Pública de acuerdo con las disposiciones emitidas por la Contaduría General de la Nación y no observar las políticas, principios y plazos que en materia de contabilidad pública se expidan con el fin de producir información confiable, oportuna y veraz.

Que las entidades que conforman el sector público tienen la obligación de adelantar las gestiones administrativas necesarias para garantizar que la información contable revele en forma fidedigna su realidad económica, financiera y patrimonial.

Que mediante el Título 21 del Decreto 1083 de 2015, se adoptó la actualización del Modelo Estándar de Control Interno para el Estado Colombiano (MECI).

Que esta resolución le permitirá a la Dirección Administrativa disponer de una herramienta de control y verificación para garantizar que la totalidad de los hechos, transacciones y operaciones sean incorporados al proceso contable, generando así Estados Financieros razonables que coadyuven a mantener el fenecimiento de la cuenta fiscal.

Que para ejercer un mejor control en el proceso de identificación, medición, clasificación, registro, elaboración y presentación de los Estados Financieros, análisis, interpretación y comunicación de la información contable, se requiere establecer procedimientos y puntos de control que faciliten la gestión financiera en la Dirección Administrativa del Ministerio de Defensa Nacional - Unidad Gestión General, en concordancia con la Ley 1314 de 2009, a través de la cual se regulan los principios y normas de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información aceptados en Colombia.

Que el artículo 6º de la norma ibidem, establece que bajo la dirección del Presidente de la República y con respeto de las facultades regulatorias en materia de contabilidad pública a cargo de la Contaduría General de la Nación, los Ministerios de Hacienda y Crédito Público y de Comercio, Industria y Turismo, obrando conjuntamente, expedirán principios, normas, interpretaciones y guías de contabilidad e información financiera y de aseguramiento de información, con fundamento en las propuestas que deberá presentarles el Consejo Técnico de la Contaduría Pública, como organismo de normalización técnica de normas contables, de información financiera y de aseguramiento de la información.

Que en concordancia con los objetivos de la Ley 1314 de 2009, la Contaduría General de la Nación, en el marco de sus competencias constitucionales y legales, emitió la Resolución 533 de 2015, "por la cual se incorpora en el Régimen de Contabilidad Pública, el marco normativo aplicable a Entidades de Gobierno y se dictan otras disposiciones".

Que en la Resolución número...

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