Resolución número 055 de 2018, por la cual se adopta la determinación final en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 009 del 30 de enero de 2017 - 22 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 706923681

Resolución número 055 de 2018, por la cual se adopta la determinación final en la investigación administrativa iniciada mediante la Resolución 009 del 30 de enero de 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50543

La Directora de Comercio Exterior (e), en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el numeral 5 del artículo 18 del Decreto-ley 210 de 2003 modificado por el artículo 3º del Decreto 1289 de 2015, el Decreto 1750 de 2015, y la Resolución 0555 del 20 de marzo de 2018

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 009 del 30 de enero de 2017, publicada en el Diario Oficial número 50.136 del 3 de febrero de 2017, la Dirección de Comercio Exterior dispuso la apertura de una investigación de carácter administrativo con el objeto de determinar la existencia, grado y efectos en la rama de la producción nacional, de un supuesto dumping en las importaciones de tambores metálicos cilíndricos de capacidad igual a 208 litros, clasificadas en la subpartida arancelaria 7310.10.00.00 originarias de la República de Chile, de conformidad con lo establecido en el Decreto 1750 de 2015, en concordancia con lo estipulado en el Acuerdo Relativo a la Aplicación del Artículo VI del Acuerdo General sobre Aranceles Aduaneros y Comercio de 1994 de la Organización Mundial del Comercio (en adelante Acuerdo Antidumping de la OMC).

Que a la investigación administrativa abierta por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el Expediente D-211-01-87 que reposa en los archivos de la Subdirección de Prácticas Comerciales, en el cual se encuentran los documentos y pruebas allegadas por todos los intervinientes en la misma.

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 28 del Decreto 1750 de 2015 se informó la apertura de la investigación y se enviaron comunicaciones a los importadores, a los exportadores y productores extranjeros a través del representante diplomático de la República de Chile en Colombia para su divulgación al Gobierno de dicho país, así como las direcciones de Internet para descargar la citada resolución y los cuestionarios. Así mismo, de conformidad con el citado artículo, mediante aviso publicado en el Diario Oficial número 50.136 de 2017, la Dirección de Comercio Exterior convocó a quienes acreditaran interés en la investigación para que expresaran sus opiniones debidamente sustentadas y aportaran los documentos y pruebas que consideraran pertinentes para los fines de la misma.

Que mediante la Resolución 025 del 13 de marzo de 2017 publicada en el Diario Oficial 50.175 del 14 de marzo de 2017 la Dirección de Comercio Exterior prorrogó hasta el 27 de marzo de 2017, el plazo con que contaban todas las partes interesadas para dar respuesta a los cuestionarios dentro de la presente investigación. Así mismo, prorrogó el plazo para adoptar la determinación preliminar hasta el 27 de abril de 2017.

Que mediante la Resolución número 058 del 27 de abril de 2017, publicada en el Diario Oficial50.222 del 3 de mayo de 2017, la Dirección de Comercio Exterior determinó continuar con la investigación administrativa iniciada con la Resolución número 009 de 2017, sin imposición de derechos antidumping provisionales a las importaciones de tambores metálicos cilíndricos de capacidad igual a 208 litros, clasificadas en la subpartida arancelaria 7310.10.00.00, originarias de la República de Chile.

Que mediante Auto del 28 de junio de 2017, la Subdirección de Prácticas Comerciales determinó prorrogar el término para presentar alegatos, así mismo solicitó a la Dirección de Comercio Exterior prorrogar en 15 días los términos de la presentación del Informe

Técnico Final y se establecieron las fechas para realizar las visitas in situ a las compañías Greif Embalajes Industriales S. A. y Manufacturas Metalúrgicas Rheem Chilena Ltda.

Que por medio de Auto del 4 de...

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