Resolución número (0556-2019) md-dimar-subdemar-ginsem-asem de 2019, por la cual se modifica el Capítulo 1 del Título 2 del REMAC 4 'Actividades Marítimas' en lo concerniente a la información y especificaciones técnicas requeridas en el Plan General para la Instalación de Ayudas a la Navegación y boyas de amarre' - 10 de Julio de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 799401297

Resolución número (0556-2019) md-dimar-subdemar-ginsem-asem de 2019, por la cual se modifica el Capítulo 1 del Título 2 del REMAC 4 'Actividades Marítimas' en lo concerniente a la información y especificaciones técnicas requeridas en el Plan General para la Instalación de Ayudas a la Navegación y boyas de amarre'

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín51010

El Director General Marítimo,

CONSIDERANDO:

Que la Dirección General Marítima es la Autoridad Marítima Nacional que ejecuta la política del Gobierno en materia marítima y tiene por objeto la dirección, coordinación y control de las actividades marítimas, en los términos señalados en el Decreto Ley 2324 de 1984, en concordancia con el Decreto 5057 de 2009.

Que los numerales 1, 2, y 4 del artículo 3º del Decreto Ley 2324 de 1984 establecen como actividades marítimas las relacionadas con la señalización marítima, el control del tráfico marítimo y la navegación marítima por naves y artefactos navales.

Que el numeral 4 del artículo del Decreto Ley 2324 de 1984 establece como funciones de la Dirección General Marítima instalar y mantener el servicio de ayudas a la navegación, efectuar los levantamientos hidrográficos y producir la cartografía náutica nacional.

Que el numeral 5 del artículo 5º ibídem dispone que la Dirección General Marítima tiene función de regular, dirigir y controlar las actividades relacionadas con la seguridad de la navegación en general y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que el numeral 4 del artículo 2º del Decreto número 5057 de 2009, determina como función de la Dirección General Marítima dictar las reglamentaciones técnicas relacionadas con las actividades marítimas y la seguridad de la vida humana en el mar.

Que el Convenio Internacional para la Seguridad de la Vida Humana en el Mar (SOLAS 74 Enmendado) fue aprobado mediante la Ley 8a de 1980.

Que la regla 13 del Capítulo V "Seguridad de la Navegación" del Convenio (SOLAS 74 Enmendado) establece las ayudas a la navegación que justifique el volumen de tráfico y exija el grado de riesgo, por lo que se deben tener en cuenta las obligaciones y directrices internacionales.

Que en este sentido, es obligación de la Autoridad Marítima establecer las especificaciones técnicas mínimas que deben cumplir todas las Ayudas a la Navegación, incluyendo las boyas de amarre, utilizadas en la jurisdicción de la Dirección General Marítima.

Que mediante Resolución número 135 del 27 de febrero de 2018 se expidió el Reglamento Marítimo Colombiano (REMAC), el cual en su artículo 3º determinó la estructura, incluyendo en el REMAC 4 "Actividades Marítimas", en lo concerniente a la información y especificaciones técnicas requeridas en el Plan General para la Instalación de Ayudas a la Navegación y boyas de amarre.

Que dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 5º de la Resolución número 135 del 27 de febrero de 2018, se hace necesario modificar el Capítulo 1 del Título 2 del REMAC 4 "Actividades Marítimas", en lo concerniente a la información y especificaciones técnicas requeridas en el Plan General para la Instalación de Ayudas a la Navegación y boyas de amarre.

Que mediante Resolución número (0378-2019) MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT del 17 de mayo de 2019, se adicionan los artículos 2.4.3.4, 2.4.3.5 y 2.4.3.5A al REMAC número 2: "Generalidades", en lo concerniente a la delegación de funciones a los Capitanes de Puerto de Primera Categoría; y se modifica el Título 1 de la Parte 3 del REMAC 5: "Protección del Medio Marino y litorales", en lo concerniente a los criterios y procedimiento interno para otorgar las concesiones y autorizaciones en los bienes de uso público en jurisdicción de la Dirección General Marítima para los proyectos de marinas, maricultura y/o acuicultura.

Que el artículo 2.4.3.5 de la Resolución número (0378-2019) MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT del 17 de mayo de 2019, delega en las Capitanías de Puerto de Primera Categoría, las funciones de autorizar la instalación o modificación de las ayudas a la navegación privadas, con base en el concepto técnico que para tal efecto, expida según corresponda la Señalización Marítima del Caribe, Señalización del río Magdalena o señalización Marítima del Pacífico.

Que el artículo 5.3.1.13 de la Resolución número (0378-2019) MD-DIMAR-SUBDEMAR-ALIT del 17 de mayo de 2019, delega a las Unidades de Señalización Marítima del Caribe, Señalización del río Magdalena o Señalización Marítima del Pacífico de la Subdirección de Desarrollo Marítimo, según corresponda, evaluar la solicitud de ayudas a la navegación y emitir el respectivo concepto, con base en el cual, la Capitanía de Puerto autorizará la instalación o modificación de las ayudas a la navegación de las concesiones y autorizaciones otorgadas en aguas marítimas.

En mérito de lo anterior, el Director General Marítimo,

RESUELVE:

Artículo 1º Modifíquese el Capítulo 1 del Título 2 del REMAC 4 "Actividades

Marítimas", el cual quedará así:

REMAC 4 ACTIVIDADES MARÍTIMAS (...) PARTE 2 SEGURIDAD MARÍTIMA

TÍTULO 2 SEÑALIZACIÓN MARÍTIMA CAPÍTULO 1 Artículos 3 y 4

De la información y especificaciones técnicas requeridas en el plan general para la instalación de ayudas a la navegación

Artículo 4.2.2.1.1. Objeto. La presente resolución tiene por objeto establecer la información, alcance, condiciones y especificaciones técnicas mínimas requeridas para diseñar, estructurar, elaborar, desarrollar e implementar el Plan General de las Ayudas a la Navegación y boyas de amarre para ser utilizadas para amarre de artefactos navales, sin incluir sistemas de fondeo.

Artículo 4.2.2.1.2. Ámbito de aplicación. El Plan General de las Ayudas será exigible a titulares de licencias o autorizaciones en las cuales se contemple el diseño, construcción, instalación, mantenimiento y puesta en servicio de las ayudas a la navegación y boyas de amarre, en un canal navegable público o privado, áreas de maniobra, zonas de fondeo, puertos, instalaciones portuarias, concesiones marítimas, puentes fijos, otras estructuras sobre aguas navegables y estructuras marinas artificiales que afecten la seguridad de la navegación, el libre tránsito en el territorio marítimo, la seguridad de la...

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