Resolución número 0597 de 2017, por la cual se autoriza a Transelca S. A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco Popular S. A., hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil millones de pesos ($54.000.000.000) moneda legal colombiana - 14 de Marzo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 671485765

Resolución número 0597 de 2017, por la cual se autoriza a Transelca S. A. E.S.P. para celebrar un empréstito interno con el Banco Popular S. A., hasta por la suma de cincuenta y cuatro mil millones de pesos ($54.000.000.000) moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50175

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 6º de la Ley 781 de 2002 y el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto número 1068 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicaciones radicadas bajo los números 1-2016-100642 y 1-2016104737 del 24 de noviembre y 7 de diciembre de 2016, respectivamente, Transelca S. A. E.S.P. solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar una operación de crédito interno a largo plazo por la suma de $54.000 millones de pesos, los cuales serán destinados, entre otros, a financiar el flujo de caja corporativo de la empresa para el año 2017;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto número 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto número 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que el artículo 2.2.1.2.1.6 del Decreto número 1068 de 2015, dispone que la celebración de contratos de empréstito por las entidades estatales con participación del Estado superior al cincuenta por ciento e inferior al noventa por ciento de su capital, requerirá autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse una vez se cuente con el concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación;

Que Transelca S. A. E.S.P. es una empresa de servicios públicos mixta, constituida como sociedad anónima de carácter comercial, sometida al régimen jurídico establecido en la Ley 142 de 1994;

Que según consta en la certificación del 27 de enero de 2017, suscrita por el Secretario General de Transelca S. A. E.S.P., la Junta Directiva en reunión celebrada el 21 de octubre de 2016, autorizó a Transelca S.A. E.S.P. para celebrar operaciones de crédito público, actos o contratos asimilados o conexos a operaciones de crédito, hasta por la suma de $54.000 millones, con el objeto de financiar el flujo de caja corporativo de la empresa para lo que resta del año 2016 y el año 2017. De igual forma, se otorgaron facultades al Gerente General y sus respectivos suplentes para suscribir los contratos de crédito y otorgar las garantías necesarias a favor de las entidades financieras para la consecución y posterior desembolso de los recursos. Esta autorización se encuentra vigente conforme a la reunión...

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