Resolución número 0620 de 2018, por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2018 - 10 de Marzo de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 705592141

Resolución número 0620 de 2018, por la cual se efectúa una distribución en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2018

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50531

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en ejercicio de la facultad que le confieren los artículos 20 de la Ley 1873 de 2017 y 20 del Decreto número 2236 de 2017, y

CONSIDERANDO:

Que los artículos 20 de la Ley 1873 de 2017 y 20 del Decreto número 2236 de 2017, disponen que: "Se podrán hacer distribuciones en el presupuesto de Ingresos y gastos, sin cambiar su destinación, mediante resolución suscrita por el jefe del respectivo órgano. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas distribuciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Si no existen Juntas o Consejos Directivos, lo hará el representante legal de estos";

Que la norma, anteriormente enunciada, señala que las operaciones presupuestales contenidas en los mencionados actos administrativos, se someterán a la aprobación del Ministerio de Hacienda y Crédito Público - Dirección General del Presupuesto Público Nacional, y tratándose de gastos de inversión, requerirán el concepto previo favorable del Departamento Nacional de Planeación - Dirección de Inversión y Finanzas Públicas;

Que los artículos citados disponen que a fin de evitar duplicaciones en los casos en los cuales la distribución afecte el Presupuesto de otro órgano que haga parte del Presupuesto General de la Nación, el mismo acto administrativo, servirá de base para realizar los ajustes correspondientes en el órgano que distribuye e incorporar las del órgano receptor. La ejecución presupuestal de estas deberá efectuarse por parte de los órganos receptores en la misma vigencia de la distribución;

Tratándose de gastos de inversión, la operación presupuestal descrita, en el órgano receptor se clasificará en el programa y subprograma a ejecutar que corresponda, para los gastos de funcionamiento se asignara al rubro presupuestal correspondiente; estas operaciones de inversión y funcionamiento en ningún caso podrán cambiar la destinación ni la cuantía, lo cual deberá constar en el acto administrativo que para tal fin se expida;

Que en el Presupuesto de Gastos de Inversión del Ministerio de Hacienda y Crédito Público para la vigencia fiscal de 2018, existen recursos en la Unidad 1301-01

- Gestión General, Programa 1302 Gestión de Recursos Públicos, Subprograma 1000...

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