Resolución número 063 de 2017, por la cual se prorroga el término de respuesta a unos cuestionarios en el examen quinquenal que inició mediante la Resolución número 029 del 16 de marzo de 2017 - 11 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 679167925

Resolución número 063 de 2017, por la cual se prorroga el término de respuesta a unos cuestionarios en el examen quinquenal que inició mediante la Resolución número 029 del 16 de marzo de 2017

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50230

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confieren los numerales 5 y 7 del artículo 18 del Decreto 210 de 2003 modificado por el artículo 3 del Decreto 1289 de 2015, el Decreto 1750 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución número 029 del 16 de marzo de 2017, publicada en el Diario Oficial 50.178 el 17 de marzo de 2017, la Dirección de Comercio Exterior ordenó el inicio del examen quinquenal con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante la Resolución número 047 del 19 de marzo de 2015 a las importaciones de citrato de sodio, clasificadas por la subpartida arancelaria 2918.15.30.00 originarias de la República Popular China, permitiría la continuación o la repetición del dumping y del daño que se pretendía corregir.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 28 y 68 del Decreto 1750 de 2015 y en el artículo 4º de Resolución número 029 del 16 de marzo de 2017, a través de correo electrónico del 23 de marzo del año en curso, la Dirección de Comercio Exterior remitió copia de la anterior resolución e indicó dónde se podrían consultar los formularios, a los importadores y comercializadores en Colombia. Información que de igual manera, trasladó por medio del oficio número 2-2017-004872 del 22 de marzo de 2017 a la Embajada de la República Popular China para su conocimiento y divulgación entre los productores y exportadores de dicho país.

Lo anterior, con el fin de obtener la información pertinente dentro de los términos del citado artículo 28, es decir hasta el 8 de mayo de 2017, para contar de esta manera con elementos de juicio...

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