Resolución número (0632-2015) md-dimar-subdemar-ginsem de 2015, por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional - 30 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588743142

Resolución número (0632-2015) md-dimar-subdemar-ginsem de 2015, por medio de la cual se establecen las tarifas por algunos servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49712

El Director General Marítimo, en ejercicio de las funciones legales otorgadas en la Ley 1115 de 2006 y en el numeral 2 del artículo 2º del decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º de la Ley 1115 de 2006 faculta a la Dirección General Marítima (Di-mar) del Ministerio de Defensa Nacional para definir y recaudar las tarifas correspondientes a los costos de los servicios prestados por ella.

Que el artículo 2º de la norma ibídem, describe los servicios que son prestados por la Dirección General Marítima, sin que se limite a ellos. De igual forma, los artículos 4º y 5º de la mencionada ley establecieron el método y sistema para fijación de las tarifas correspondientes por los servicios que preste la Autoridad Marítima Nacional.

Que el artículo 7º de la normatividad enunciada establece que el recaudo correspondiente a las tarifas autorizadas, estará a cargo de la Dirección General Marítima (Dimar) del Ministerio de Defensa Nacional. Su monto global será destinado a cubrir los gastos en que incurra la entidad para el cumplimiento de las funciones asignadas por la ley, sin perjuicio de los demás recursos que le hayan sido asignados.

Que se debe regular y establecer las tarifas por la prestación de servicios de alquiler de correntómetro ADCP de aguas someras y alquiler de Perfilador de Temperatura y Conductividad (CTD) para su recaudo.

Que el artículo 3º de la Ley 1115 de 2006 expone que la base para la liquidación de las tarifas será el costo en que incurra la Dirección General Marítima para la prestación de los servicios.

Que el artículo 4º de la Ley 1115 de 2006 dispone que las tarifas se fijarán en salarios mínimos legales diarios o mensuales vigentes.

En mérito de lo anterior, el Director General Marítimo,

RESUELVE: CAPÍTULO I

Principios generales

Artículo 1º Objeto.

Establecer las siguientes tarifas para los servicios que presta la Dirección General Marítima del Ministerio de Defensa Nacional, así:

TARIFAS ALQUILER DE EQUIPOS OCEANOGRÁFICOS POR DÍA

CÓD. EQUIPOS TARIFA EN SMMLV $
164 Correntómetro ADCP de aguas someras 1.01
165 Perfilador de Temperatura y Conductividad - CTD 1.01

Parágrafo 1º. El número de perfiles de CTD y corrientes tomados no debe exceder de 10 por día, asimismo se contempla como día las 8 horas labores estipuladas en Colombia. En caso de superar los...

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