Resolución número 06352 de 2016, por medio de la cual se autoriza la entrega a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de un predio de uso público a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías), para su administración en desarrollo del objeto del Contrato de Concesión bajo el esquema de Asociación Público Privada número 008 de 2014, que tiene por objeto el 'Otorgamiento de la Concesión para la elaboración de los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la Concesión Autopista al Río Magdalena 2, del proyecto 'Autopistas para la Prosperidad'' - 13 de Septiembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 649118113

Resolución número 06352 de 2016, por medio de la cual se autoriza la entrega a la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de un predio de uso público a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías), para su administración en desarrollo del objeto del Contrato de Concesión bajo el esquema de Asociación Público Privada número 008 de 2014, que tiene por objeto el 'Otorgamiento de la Concesión para la elaboración de los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la Concesión Autopista al Río Magdalena 2, del proyecto 'Autopistas para la Prosperidad''

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín49995

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 7º numerales 7.7 y 7.18 del Decreto número 2618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte, debiendo, a la luz de lo normado en el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto 2618 de 2013, "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura, la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión" .

Que los numerales 7.7 y 7.18 del artículo 7º del Decreto 2618 de 2013, señalan entre otras como funciones a cargo del Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías): "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura, la entrega de la infraestructura a concesionar" y "Emitir los actos administrativos que se requieran en desarrollo de la actividad técnicay administrativa delInstituto, de conformidad con las disposiciones vigentes".

Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Decreto 4165 de 2011, tiene por objeto "planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada (APP), para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno Nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación".

Que es función general de la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), identificar, evaluar la viabilidad y proponer iniciativa de concesiones u otras formas de Asociación Público Privadas para el desarrollo de la infraestructura de transporte y de los servicios conexos o relacionados, según lo establecido en el artículo 4º del Decreto 4165 citado.

Que en aplicación a lo normado en el artículo 14 de la Ley 1508 de 2012 y agotados los trámites establecidos para tal efecto, mediante Resolución número 1428 de 2014, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) adjudicó al concesionario Autopista Río Magdalena S.A.S., el Contrato de Concesión número 008 de 2014 bajo el esquema de Asociación Público Privada, para la ejecución del proyecto denominado Autopista al Río Magdalena 2, del proyecto "Autopistas para la Prosperidad".

Que la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) mediante Oficio 2016-604-022915-1 con radicado Invías número 68780 del 3 de agosto de 2016, solicita a este Instituto lo siguiente:

"La Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), suscribió con la Concesionaria Autopista Río Magdalena S.A.S., el Contrato de Asociación Público Privada número 008 de 2014, cuyo objeto es "Otorgamiento de la Concesión para la elaboración de los estudios y diseños definitivos, financiación, gestión ambiental, predial y social, construcción, mejoramiento, rehabilitación, operación, mantenimiento y reversión de la Concesión Autopista al Río Magdalena 2, del proyecto "Autopistas para la Prosperidad", contrato que inició el 10 de diciembre de 2014".

En desarrollo de las actividades adelantadas por el Concesionario, quien es el encargado de adelantar las gestiones prediales en nombre de la ANI de acuerdo a lo dispuesto en la Ley 105 de 1993 y demás normas complementarias, se ha podido establecer que existen unos predios cuya propiedad recae en cabeza del Instituto Nacional de Vías (Invías), los cuales son requeridos para el proyecto.

De acuerdo a lo informado por el Concesionario mediante oficio con radicado ANI 20164090382572 del 05-11-2016, se ha identificado 1 predio de propiedad del Invías, adquirido por dicha entidad.

En este sentido, la ANI se permite de la manera formal, solicitar al Invías la entrega de dicho predio, el cual es requerido para la ejecución del Proyecto Autopista al Río Magdalena 2 e identificado de la siguiente manera:

Nº del Predio: CM2-UF4-SCN-003
Abscisa Inicial: PK 15 + 022.091
Abscisa Final: PK 15 + 477.990
Dirección del Predio: Lote
Cédula Catastral: 00-02-00-00-0011-0278-0-00-00-0000
Vereda: Cimitarra
Municipio: Cimitarra
Departamento: Santander
Clasificación del suelo: Rural
Matrícula Inmobiliaria: 324-42835
Escritura Pública: 126 del 22 feb. 1996, Notaría Única de Puerto
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