Resolución número (0643-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se otorga en concesión un bien de uso público y unas construcciones al señor Sebastián Carbono Bolaños y a la señora María Blanquicet Otero, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas - 2 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 652768141

Resolución número (0643-2016) md-dimar-subdemar-alit de 2016, por la cual se otorga en concesión un bien de uso público y unas construcciones al señor Sebastián Carbono Bolaños y a la señora María Blanquicet Otero, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50045

El Director General Marítimo, en ejercicio de sus facultades legales conferidas en los numerales 21 y 22 del artículo 5º del Decreto Ley 2324 de 1984, los numerales 1 y 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0164 del 2 de junio del 2006, se otorgó por él término de 10 años en concesión en un área de bajamar y unas construcciones al señor Sebastián Carbono Bolaños, en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Coveñas.

Que mediante comunicación del 2 de junio 2016 el señor Sebastián Carbono Bo-laños y la señora María Blanquicet Otero, solicitaron al Director General Marítimo continuar con la concesión.

Que mediante oficio número 211545R MD-DIMAR-CP09-ALITMA del 21 de junio de 2016, la Capitanía de Puerto de Coveñas envió la solicitud de renovación de concesión marítima.

Que con la solicitud formal fueron allegados los siguientes documentos e información:

a) Alcaldía Municipal de San Antero - Secretaría de Planeación

Certificación del 6 de octubre de 2015, por medio del cual el Alcalde Municipal de San Antero Reinaldo Martínez Torres, certifica que el suelo donde están ubicadas las instalaciones del Restaurante Pesecar está clasificado en el Plan Básico de Ordenamiento Territorial como zona de uso turístico y es compatible con la actividad comercial y que las instalaciones además no ofrecen ningún inconveniente para la administración.

b) Corporación Autónoma Regional de los Valles del Sinú y del San Jorge

(CAR CVS).

Oficio número 090.1772 del 8 de mayo de 2015, por medio del cual el señor Albeiro Arrieta López, en su calidad de Subdirector de Gestión Ambiental de la CAR-CVS señala que el manejo ambiental dado a los residuos líquidos y sólidos producidos por la actividad que allí se desarrolla, no generan impactos negativos al medio ambiente.

c) Ministerio de Comercio, Industria y Turismo

Constancia DM - 075 de 2015 del 21 de diciembre de 2015, por medio de la cual la doctora María Elvira Riveros Reina, en su calidad de Coordinadora del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo, certificó que la Nación, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo no adelanta en la actualidad ningún proyecto turístico en el área.

d) Ministerio de Transporte

Certificación número 011 del 14 de marzo de 2016, por medio del cual el doctor Carlos Alberto Sarabia Mancini, en su calidad de Director de Infraestructura del Ministerio de Transporte manifestó que en el área solicitada no se traslapa con ningún contrato de concesión portuaria a cargo de la Agencia Nacional de...

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