Resolución número 06634 de 2017, por medio de la cual se aclara la Resolución número 04785 del 28 de junio de 2017 - 1 de Septiembre de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 692726373

Resolución número 06634 de 2017, por medio de la cual se aclara la Resolución número 04785 del 28 de junio de 2017

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín50343

El Director General del Instituto Nacional de Vías (Invías), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, y en especial las conferidas en el artículo 2º numeral 2.17 y en el artículo 7º numeral 7.7 del Decreto número 2618 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) tiene por objeto la ejecución de las políticas, estrategias, planes, programas y proyectos de la infraestructura no concesionada de la Red Vial Nacional de carreteras primaria y terciaria, férrea, fluvial y marítima, de acuerdo con los lineamientos dados por el Ministerio de Transporte;

Que el numeral 2.17 del artículo 2º del Decreto número 2618 de 2013, señala como función a cargo del Instituto Nacional de Vías (Invías) "Coordinar con la Agencia Nacional de Infraestructura la entrega, mediante acto administrativo, de la infraestructura de transporte, en desarrollo de los contratos de concesión";

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 3º del Decreto número 4165 de 2011, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) tiene por objeto "planear, coordinar, estructurar, contratar, ejecutar, administrar y evaluar proyectos de concesiones y otras formas de Asociación Público Privada (APP), para el diseño, construcción, mantenimiento, operación, administración y/o explotación de la infraestructura pública de transporte en todos sus modos y de los servicios conexos o relacionados y el desarrollo de proyectos de asociación público privada para otro tipo de infraestructura pública cuando así lo determine expresamente el Gobierno nacional respecto de infraestructuras semejantes a las enunciadas en este artículo, dentro del respeto a las normas que regulan la distribución de funciones y competencias y su asignación";

Que a la luz de lo señalado en el Decreto número 4165 artículo 26, la infraestructura vial que recibe la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) de parte del Instituto Nacional

de Vías (Invías) para el desarrollo de los proyectos a cargo de la primera, se realiza a título de administración, motivo por el cual a medida que vayan culminando cada uno de los proyectos y de no continuar concesionados, se deberá adelantar la reversión de la infraestructura, en concordancia con lo señalado en el artículo 19 de la Ley 80 de 1993;

Que el Instituto Nacional de Vías (Invías) mediante Resolución número 01295 del 23 de marzo de 2011, autorizó la entrega de la siguiente infraestructura vial al Instituto Nacional de Concesiones (INCO), hoy Agencia Nacional de Infraestructura (ANI), para ser afectada al desarrollo del Contrato de Concesión número 008 de 2010 correspondiente al proyecto denominado Transversal de las Américas:

1. Sector Turbo-Chigorodó, comprendido entre los PRs 0+0000 y 53+0815 de la Ruta 6201.

2. Sector Chigorodó-El Tigre, comprendido entre los PRs 0+0000 y 11+0000 de la carretera Chigorodó-Dabeiba, Ruta 6202.

3. Sector El Banco-Tamalameque, comprendido entre los PRs 0+0000 y 28+0000...

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