Resolución número 0672 de 2015, por la cual se adopta la Guía de que trata el artículo 2.3.3.2.4.14 del Decreto 1077 de 2015 - 27 de Agosto de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 581462534

Resolución número 0672 de 2015, por la cual se adopta la Guía de que trata el artículo 2.3.3.2.4.14 del Decreto 1077 de 2015

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín49617

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, los numerales 11 y 17 del artículo 2º del Decreto 3571 de 2011 y el artículo 2.3.3.2.4.14. del

Decreto 1077 de 2015,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, establece que "Aquellos proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico financiados exclusivamente con recursos de las entidades territoriales en el marco de los Planes Departamentales para el manejo empresarial de los servicios de Agua y Saneamiento, serán evaluados y viabilizados a través de un mecanismo regional, conforme a la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional".

Que el Decreto 1077 de 2015 en su artículo 2.3.3.2.4.14 estableció que "ElMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio expedirá la Guía para la presentación, viabilización y aprobación de proyectos ante el Mecanismo Departamental de Evaluación y Viabilización de Proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico en el marco de los Planes

Departamentales de Agua y los demás Programas regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico. El Gobernador del respectivo departamento dará aplicación a los contenidos mínimos que se establezcan en la Guía que expida el Ministerio y los incorporará como obligatorios en el proceso de evaluación y viabilización de proyectos".

Que conforme con lo anterior, se requiere adoptar la guía que establezca los criterios técnicos y requisitos mínimos de presentación y aprobación de los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico para su evaluación y viabilización a nivel departamental con el fin de optimizar los tiempos de ejecución de proyectos y contribuir a la dinamización de las inversiones en el sector.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Por medio de la presente resolución se adopta la Guía mediante la cual se establecen los requisitos mínimos para la presentación, viabilización y aprobación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico priorizados en el marco de los Planes Departamentales de Agua y los demás Programas regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico, radicados ante el Mecanismo Departamental de evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico.

Artículo 2º Guía.

Adóptase la Guía contenida en el Anexo No. 1 de la presente resolución como documento de referencia para el diligenciamiento de los requisitos de presentación, viabilización y aprobación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico presentados ante el Mecanismo Departamental de evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico en el marco de los Planes Departamentales de Agua y los demás Programas regionales para el manej o de agua potable y saneamiento básico.

Artículo 3º Vigencia: Régimen de Transición.

Los proyectos evaluados en vigencia de la Guía adoptada a través de la Resolución 0693 de 2012 podrán ser revisados, ajustados y/o viabilizados acorde con el procedimiento previsto en la Guía que se adopta mediante la presente Resolución.

En todo caso, cada Gestor deberá informar al Comité Directivo del respectivo PAP-PDA en un plazo no mayor a tres (3) meses contados desde la entrada en vigencia de la presente resolución, los proyectos que se encontraban evaluados mediante el procedimiento previsto en la Guía adoptada mediante la Resolución 0693 de 2012.

Artículo 4º Vigencia.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a 21 de agosto de 2015.

Publíquese y cúmplase.

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio,

Luis Felipe Henao Cardona.

ANEXO NÚMERO 1

GUÍA DE PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

ÍNDICE

Contenido

  1. DEFINICIONES

PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR DE AGUA POTABLE

Y SANEAMIENTO BÁSICO

2.1. PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

2.2. DOCUMENTOS Y REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS

2.2.1. Aspectos Resolutivos 2.2.1.1. Legales:

2.2.1.2 Técnicos:

2.2.1.3. Financieros

2.2.1.4. Ambientales

2.2.2. REQUISITOS PARA LA PRESENTACIÓN DE PROYECTOS DE EMERGENCIA:

2.2.2.1 Requisitos para proyectos de emergencia menores de $250.000.000

2.2.2.2 Requisitos para proyectos de emergencia mayores a $250.000.000 Proyectos inferiores a $250.000.000

Proyectos de emergencia superiores a $250.000.000

VIABILIZACIÓN Y APROBACIÓN DE PROYECTOS DEL SECTOR DE

AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO BÁSICO

3.1 EVALUACIÓN Y VIABILIZACIÓN

3.2 PROYECTOS FINANCIABLES

3.3 CRITERIOS DE APROBACIÓN

3.4 EVALUADORES:

3.4.1 Experiencia de los profesionales de apoyo en la evaluación de los proyectos

3.5 PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN, VIABILIZACIÓN Y APROBACIÓN

3.5.1 Informe preliminar (Ficha de evaluación)

3.5.1.1 Evaluación del proyecto

3.5.1.2 Priorización del Proyecto en el marco del RAS

3.5.1.3 Evaluación de los estudios y diseños 3.5.1.3.1. Proyectos de acueducto

3.5.1.3.2. Proyectos de alcantarillado

3.5.1.3.3. Proyectos de recolección, disposición final y tratamiento de residuos sólidos

3.5.1.4 Verificación parámetros técnicos de diseño

3.5.1.5 Costos y presupuesto del proyecto

3.5.1.6 Evaluación institucional de la entidad prestadora del servicio

3.5.1.7 Evaluación financiera del proyecto

3.5.1.8 Evaluación ambiental

3.5.1.9 Evaluación social

3.6 CONCEPTOS DE EVALUACIÓN DE PROYECTOS

3.6.1. PROYECTO VIABLE

3.6.2. PROYECTO VIABLE CONDICIONADO

3.6.3. CONCEPTO FAVORABLE

3.6.4. PROYECTO NO VIABLE

3.6.5. PROYECTO DEVUELTO PARA AJUSTES

3.6.6. REQUERIMIENTO

3.7. CONVOCATORIA A COMITÉ TÉCNICO DEPARTAMENTAL DE

VIABILIZACIÓN 3.8 REFORMULACIONES:

3.8.1 Requisitos

3.8.1.1. Análisis Comparativos Viabilización vs. Reformulación

3.8.1.2. Plano

3.8.1.3. Memoria de cálculo hidráulico del Sistema

3.8.1.4. Concepto Consultor

3.8.1.5. Formato de seguimiento actualizado

3.8.1.6. Información Ítems No Previstos

3.8.1.7. Mayores Valores Componente Interventoría Técnica

3.8.1.7.1. Costos directos

3.8.1.7.2. Costos indirectos

3.8.1.7.3. Todos los demás valores constitutivos del presupuesto de Interventoría.

INTRODUCCIÓN

La presente Guía pretende proporcionar las orientaciones básicas para la evaluación de los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico, que sean formulados y/o presentados por las entidades territoriales para acceder a recursos de financiamiento a través del Programa Agua para la Prosperidad - Plan Departamental de Agua, y los demás Programas regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico.

En el presente documento se establecen los criterios de presentación, elegibilidad y viabilidad de los proyectos, definidos como un instrumento de consulta que debe ser utilizado como referencia permanente por cada uno de los participantes en el proceso de revisión y evaluación de estos proyectos.

CAPÍTULO I

Aspectos generales

De acuerdo con el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011, mediante la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, establece que aquellos proyectos de agua potable y saneamiento básico financiados exclusivamente con recursos de las entidades territoriales en el marco de los Planes Departamentales para el manejo empresarial de los servicios de Agua y Saneamiento, serán evaluados y viabilizados a través de un mecanismo departamental, conforme a la reglamentación que para el efecto expida el Gobierno Nacional.

Que para tal efecto se expidió el Decreto 1077 de 2015 en el cual se incorpora el Decreto 475 de 2015 que definió el mecanismo departamental para la viabilización de proyectos y se determinó que el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio expedirá la Guía para la presentación, viabilización y aprobación de proyectos ante el Mecanismo Departamental de Evaluación y Viabilización de Proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico en el marco de los Planes Departamentales de Agua y los demás Programas regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico.

En la presente Guía se establecen los criterios técnicos, requisitos de presentación, evaluación y viabilización de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico a nivel departamental, priorizados en el marco del Programa Agua para la prosperidad - Planes Departamentales de Agua así como los demás Programas Regionales para el manejo de agua potable y saneamiento básico.

El Mecanismo Departamental de Viabilización de Proyectos es el procedimiento mediante el cual se evalúan y viabilizan los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico a nivel departamental, para los cuales no se requiere financiación con recursos provenientes de la Nación.

  1. DEFINICIONES

1.1. Gestor: Estructura operativa de los Planes Departamentales para el Manejo Empresarial de los Servicios de Agua y Saneamiento prevista en el Decreto 1077 de 2015 en el cual se incorpora el Decreto 2246 de 2012, y responsable de la gestión, implementación, seguimiento a la ejecución del PAP-PDA y los asuntos relacionados con agua potable y saneamiento básico en el departamento. Podrán ser gestores una empresa de servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcantarillado y aseo del orden departamental, siempre que sus estatutos permitan la vinculación como socios de los municipios y/o distritos del departamento que lo soliciten; o el departamento.

1.2. Reposición: Cambio de un componente de un sistema por uno de iguales características y capacidad.

1.3. Rehabilitación: Se entiende por rehabilitación aquellas obras de infraestructura que tienen por finalidad la recuperación de una...

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