Resolución número 0749 de 2020, por la cual se autoriza al Grupo Energía Bogotá S. A. E.S.P. para emitir, suscribir y colocar Bonos de Deuda Pública Interna en el mercado de capitales colombiano hasta por una suma equivalente en moneda legal colombiana de hasta cuatrocientos millones de dólares (USD $400.000.000,00) - 5 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 841058616

Resolución número 0749 de 2020, por la cual se autoriza al Grupo Energía Bogotá S. A. E.S.P. para emitir, suscribir y colocar Bonos de Deuda Pública Interna en el mercado de capitales colombiano hasta por una suma equivalente en moneda legal colombiana de hasta cuatrocientos millones de dólares (USD $400.000.000,00)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51247

El Director General de Crédito Público y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 2 2.1.3 5 del Decreto 1068 de 2015 y el artículo 1 literal d) de la Resolución número 2650 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 2.2.1.3.5 del Decreto 1068 de 2015 establece que la emisión y colocación de títulos de deuda pública interna de entidades territoriales y sus descentralizadas requerirá autorización, impartida mediante resolución del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, en la cual se determine la oportunidad, características y condiciones de la colocación de acuerdo con las condiciones del mercado;

Que mediante oficio del 20 de diciembre de 2019 con número GEB-0200-09984-2019-S radicado en este Ministerio bajo número 1-2019-117555 del 23 de diciembre de 2019, el Vicepresidente Financiero del Grupo Energía Bogotá S. A. E.S.P., solicitó a la Dirección General de Crédito Público y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, autorización para realizar una emisión de bonos de deuda pública interna en el mercado de capitales colombiano destinada a la financiación del plan de inversiones, sustitución de pasivos financieros y/o al desarrollo de su objeto social, incluyendo los costos y gastos asociados a la estructuración y obtención del financiamiento hasta por una suma equivalente en moneda legal colombiana de hasta cuatrocientos millones de dólares (USD $400.000.000,00);

Que la Ley 31 de 1992, en su artículo 16 literal c), dispuso que, mediante normas de carácter general, la Junta Directiva del Banco de la República señalará las condiciones financieras a las cuales deben sujetarse las entidades públicas autorizadas por la ley para adquirir o colocar títulos, con el fin de asegurar que estas operaciones se efectúen en condiciones de mercado;

Que mediante Resolución Externa número 17 de 2015 y la Circular Reglamentaria Externa DODM - 145 del 30 de octubre de 2015, la Junta Directiva del Banco de la República y el Banco de la República, respectivamente, señalaron las condiciones financieras de la emisión y colocación de títulos internos en el mercado local de la Nación de las entidades territoriales y sus descentralizadas;

Que en sesión celebrada el día 31 de julio de 2018, la Junta Directiva del Grupo Energía Bogotá S. A. E.S.P. aprobó de manera unánime la solicitud para adelantar los trámites tendientes a realizar una oferta pública de bonos de deuda pública hasta por la suma de mil cuatrocientos veinte millones de dólares (USD 1.420.000.000,00), como consta en Acta número 1595 de fecha 31 de julio de 2018;

Que en sesión ordinaria celebrada el día 29 de abril de 2019, la Junta Directiva del Grupo Energía Bogotá S. A. E.S.P. aprobó de manera unánime la Estrategia de Financiamiento del GEB, la cual consiste en la emisión y colocación de bonos en el Mercado de Valores Colombiano hasta...

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