Resolución número 0770 de 2014, por la cual se Adiciona el artículo 5º de la Resolución 0379 de 2012
Emisor | Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio |
Número de Boletín | 49352 |
El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las que le confiere el numeral 3 del artículo 59 de la Ley 489 de 1998, el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011 y los numerales 11 y 17 del artículo 2º del Decreto número 3571 de 2011,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 250 de la Ley 1450 de 2011, por medio de la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo, establece que el "Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (hoy Ministerio de Vivienda, Ciudady Territorio) es el competente para evaluar
y viabilizar los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación y sus entidades públicas descentralizadas a través del mecanismo que defina".
Que mediante Resolución número 0379 de 2012 se establecen los requisitos de presentación, viabilización y aprobación de proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que soliciten apoyo financiero de la Nación; así como de aquellos que han sido priorizados en el marco de los planes departamentales de agua y de los programas que implemente el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio a través del Viceministerio de Agua y Saneamiento Básico.
Que mediante la Resolución 504 de 2013, se modificó la Resolución 0379 de 2012 y la Guía adoptada mediante dicha resolución, en lo concerniente a requisito de acreditación de paz y salvo por concepto de pago de subsidios y porcentajes y costos de interventoría.
Que en el marco del ejercicio de las funciones asignadas por las Leyes 1444 de 2011 y 1450 de 2011 y el Decreto número 3571 de 2011, el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio adelanta las funciones tanto de evaluación, viabilización, seguimiento y fortalecimiento institucional a los proyectos del sector de agua potable y saneamiento básico que reciben apoyo financiero de la Nación, a través de su Unidad Coordinadora.
Que se requiere contar con herramientas jurídicas eficaces que permitan la ejecución de proyectos de infraestructura en el sector de agua potable y evitar que se presenten retrasos en los mismos por la problemática asociada a la gestión predial requerida para su desarrollo, en municipios en situación de emergencia por el desabastecimiento de agua.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
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