Resolución número 083 de 2020, Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, 'por la cual se establecen las reglas sobre el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC), y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), y se adopta un esquema fiduciario para el otorgamiento de pagarés en el Mercado de Energía' - 25 de Mayo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844843015

Resolución número 083 de 2020, Por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, 'por la cual se establecen las reglas sobre el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC), y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), y se adopta un esquema fiduciario para el otorgamiento de pagarés en el Mercado de Energía'

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51325

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, y el artículo 33 de la Resolución CREG 039 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión 1003 de mayo 7 de 2020, aprobó hacer público el proyecto de resolución, "por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución, "por la cual se establecen las reglas sobre el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC), y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), y se adopta un esquema fiduciario para el otorgamiento de pagarés en el Mercado de Energía".",

RESUELVE:

Artículo 1º Hágase público el siguiente proyecto de resolución, "por la cual se establecen las reglas sobre el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC), y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), y se adopta un esquemafiduciario para el otorgamiento de pagarés en el Mercado de Energía".
Artículo 2º Se invita a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias dentro de los veinte (20) días siguientes a la publicación del proyecto en la página web de la Comisión.
Artículo 3º La presente Resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 7 de mayo de 2020.

El Presidente,

Diego Mesa Puyo,

Viceministro de Energía, delegado de la Ministra de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Jorge Alberto Valencia Marín.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN

Por la cual se establecen las reglas sobre el registro de agentes ante el Administrador del Sistema de Intercambio Comerciales (ASIC), y el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), y se adopta un esquema fiduciario para el otorgamiento de pagarés en el Mercad ode Energía.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

De conformidad con lo previsto en el artículo 74.1, literal c), de la Ley 142 de 1994, la Comisión de Regulación de Energía y Gas tiene la facultad legal de establecer el Reglamento de Operación, el cual incluye los principios, criterios y procedimientos para regular el funcionamiento del mercado mayorista de energía eléctrica.

La Resolución CREG 024 de 1995, "por la cual se reglamentan los aspectos comerciales del mercado mayorista de energía en el sistema interconectado nacional, que hacen parte del Reglamento de Operación", estableció en el artículo 11 las reglas sobre el registro de agentes ante el Mercado Mayorista.

La Resolución CREG 008 de 2003, artículo 23, establece los requisitos que deben cumplir los Agentes Transmisores Nacionales y Operadores de Red para registrarse ante el Liquidador y Administrador de Cuentas (LAC), función asignada a XM S. A. ESP.

La Resolución CREG 156 de 2011, artículo 7º, establece los requisitos para el registro de comercializadores ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), función asignada a XM S. A. ESP.

La Comisión considera necesario actualizar y armonizar las reglas de registro de los agentes ante el ASIC y el LAC.

Para el efecto, la CREG tiene en cuenta lo manifestado por el honorable Consejo de Estado mediante concepto del 29 de octubre de 2019, con ponencia del doctor Alvaro Namen Vargas de la Sala de Consulta y Servicio Civil, donde se señaló que existen servicios inherentes a la prestación del servicio público, definiéndolos como aquellos que están relacionados directamente con la prestación del servicio público domiciliario.

Además, con el fin de proteger el funcionamiento del mercado de energía y las actividades de liquidación de administración de cuentas, que involucran el manejo de parte importante de los recursos de los prestadores del servicio de energía eléctrica, se ha considerado pertinente incorporar medidas sobre control y prevención de lavado de activos y financiación del terrorismo por parte de XM S. A. ESP, en su rol de ASIC y LAC.

Como parte del registro y participación en el mercado, la Resolución CREG 024 de 1995, en los artículos 11 y 22, estableció la obligatoriedad, para los agentes que participan en el Mercado de Energía Mayorista, de otorgar garantías financieras a favor del Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC), para respaldar las operaciones realizadas en el mercado de energía.

La Resolución CREG 116 de 1998 reguló la limitación del suministro a comercializadores y/o distribuidores morosos, y estableció la obligación de que, para el registro ante el administrador del mercado, cada agente, además de constituir las garantías, entregue cuatro pagarés con sus respectivas cartas de instrucciones.

La Resolución CREG 019 de 2006 adoptó el Reglamento de Mecanismos de Cubrimiento para las Transacciones en el Mercado de Energía Mayorista, y modificó las disposiciones referentes a la entrega y uso de los pagarés.

La Compañía XM S. A. ESP, presentó a la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), una propuesta para adoptar un esquema fiduciario para el otorgamiento de pagarés en el mercado de energía mayorista, basado, entre otros, en que el actual esquema de pagarés representa unos riesgos jurídicos y operacionales que pueden moderarse.

Analizada la propuesta de XM S. A. ESP, la Comisión considera que el esquema propuesto mejora las condiciones de expedición y ejecución de los pagarés, permitiendo que con ello se cumpla el objetivo para el cual fueron introducidos por la regulación en el funcionamiento del mercado de energía,

RESUELVE:

CAPÍTULO I

Reglas para el Registro de Agentes ante el ASIC y el LAC

Artículo 1º. Registro ante el Administrador del Sistema de Intercambios Comerciales (ASIC). Los agentes...

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