Resolución número 089 de 2017, por la cual se adopta la determinación final del examen quinquenal iniciado con la Resolución número 0167 de 2016 - 22 de Junio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 684804257

Resolución número 089 de 2017, por la cual se adopta la determinación final del examen quinquenal iniciado con la Resolución número 0167 de 2016

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín50272

El Director de Comercio Exterior, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el numeral 5 del artículo 18 del Decreto 210 de 2003 modificado por el Decreto 1289 de 2015, el Decreto 1750 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución 0167 del 4 de octubre de 2016, publicada en el Diario Oficial 50.018 del 6 de octubre de 2016, se ordenó el inicio del examen quinquenal con el objeto de determinar si la supresión del derecho antidumping impuesto mediante Resolución número 0026 del 5 de enero de 2012, a las importaciones de tubos no inoxidables de entubación ("Casing") y de producción ("Tubing"), clasificados por la subpartida arancelaria 7304.29.00.00 originarias de la República Popular China, permitiría la continuación o la repetición del daño y del dumping que se pretendía corregir.

Que a la investigación administrativa abierta por la Dirección de Comercio Exterior le correspondió el expediente ED-215-37-88 que reposa en los archivos de la Subdi-rección de Prácticas Comerciales, en el cual se encuentran los documentos y pruebas allegados por todos los intervinientes en la misma.

Que en cumplimiento de lo dispuesto por los artículos 28, 66 y 68 del Decreto 1750 de 2015, se informó la apertura de investigación y se enviaron comunicaciones a los importadores, exportadores y productores extranjeros y al representante diplomático de la República Popular China en Colombia para su divulgación al gobierno de dicho país, así como las direcciones de Internet para descargar la citada resolución de apertura y los cuestionarios, tanto para importadores, como para exportadores, según el interés.

Que de conformidad con los mencionados artículos 28, 66 y 68, mediante aviso publicado en el Diario Oficial 50.018 del 6 de octubre de 2016, se convocó a quienes acreditaran interés en la investigación para que expresaran sus opiniones debidamente sustentadas y aportaran los documentos y pruebas que consideraran pertinentes para los fines de la misma.

Que de acuerdo con lo señalado en el Decreto 1750 de 2015, la autoridad investigadora garantizó la participación y el derecho de defensa de las partes interesadas y, en general, de quienes acreditaron interés en la investigación, a través de notificaciones, comunicaciones, envío y recibo de cuestionarios, práctica de pruebas, visitas de verificación, reuniones técnicas con la autoridad investigadora, alegatos y envío de los hechos esenciales de la investigación.

Que acorde con los artículos 71 y 72 del Decreto 1750 de 2015, la Dirección Comercio Exterior convocó al Comité de Prácticas Comerciales para llevar a cabo la sesión número 118 del 4 de abril de 2017, en donde se presentaron los resultados finales del examen quinquenal a los derechos antidumping las importaciones de tubos no inoxidables de entubación "Casing") y producción ("Tubing"), originarios de la República Popular China, la cual fue suspendida por cuanto el Comité de Prácticas Comerciales solicitó a la Subdirección de Prácticas Comerciales información adicional sobre precios actualizados del producto objeto de investigación en Estados Unidos como país sustituto, con el fin de tener información actualizada sobre la evaluación de la probabilidad de la repetición o continuación del dumping.

Que una vez aportada la información solicitada por el Comité de Prácticas Comerciales, la sesión 118 fue concluida de manera virtual el 17 de mayo de 2017 y se autorizó el envío del documento de Hechos Esenciales a las partes interesadas.

Que los resultados y análisis finales de la investigación a las importaciones de los productos objeto de investigación se encuentran ampliamente detallados en el Informe Técnico Final. A continuación se presenta la conclusión del análisis de los dos escenarios en el mercado nacional de tubos de entubación (Casing) y tubos de producción (Tubing), considerando que pasaría en un escenario en el que se mantienen vigentes las medidas antidumping y lo que sucedería en un escenario en caso de eliminarse dichas medidas, los cuales en resumen mostraron los siguientes resultados:

Escenario 1: Manteniendo el derecho antidumping

El resultado de la comparación entre el valor normal de USD 2,388,23/tonelada con el precio de...

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