Resolución número 089 de 2019, por la cual se ordena la iniciación y ejecución del proceso de actualización de laformación del catastro de los predios de la zona urbana del municipio de Marsella - 17 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 830311029

Resolución número 089 de 2019, por la cual se ordena la iniciación y ejecución del proceso de actualización de laformación del catastro de los predios de la zona urbana del municipio de Marsella

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín51170

El suscrito Director Territorial Risaralda del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de su facultades legales y reglamentarias en especial en las conferidas por la Ley 14 de 1983, su Decreto Reglamentario número 3496 del mismo año las que le confiere la Resolución número 196 de 2009 y los artículos 97 y 98 de la Resolución número 070 de 2011 modificada por la Resolución número 1055 de 2012, emanada de la Dirección General del IGAC, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la Ley 14 de 1983 establece que "Las autoridades catastrales tendrán a su cargo las labores de formación, actualización y conservación de los catastros, tendientes a la correcta identificación física, jurídica, fiscal y económica de los inmuebles";

Que el artículo 25 de la Resolución número 070 de 2011 preceptúa que las autoridades catastrales son el Instituto Geográfico Agustín Codazzi, la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital de Bogotá y los organismos encargados de las labores catastrales en el departamento de Antioquia y en los municipios de Cali y Medellín;

Que la Ley 1450 de 2011 en su artículo 24 determina que "Las autoridades catastrales tienen la obligación de formar los catastros o actualizarlos en todos los municipios del país dentro de períodos máximos de cinco (5) años, con el fin de revisar los elementos físicos o jurídicos del catastro originados en mutaciones físicas, variaciones de uso o de productividad, obras públicas o condiciones locales del mercado inmobiliario. Las entidades territoriales y demás entidades que se beneficien de este proceso, lo cofinanciarán de acuerdo a sus competencias y al reglamento que expida el Gobierno nacional";

Que el artículo 78 de la Resolución número 70 de 2011 establece que "El proceso de formación se inicia con la resolución por medio de la cual se ordena su iniciación en la unidad orgánica catastral, expedida por el Director...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR