Resolución número 0902 de 2014, por la cual se modifica y se adiciona la Resolución número 1453 de 27 de julio de 2009, 'por medio de la cual se adopta, por motivos de utilidad pública e interés social, el Macro-proyecto de Interés Social Nacional 'Centro Occidente de Colombia San José'del municipio deManizales, departamento de Caldas' - 9 de Enero de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 552824498

Resolución número 0902 de 2014, por la cual se modifica y se adiciona la Resolución número 1453 de 27 de julio de 2009, 'por medio de la cual se adopta, por motivos de utilidad pública e interés social, el Macro-proyecto de Interés Social Nacional 'Centro Occidente de Colombia San José'del municipio deManizales, departamento de Caldas'

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín49389

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 12 del Decreto número 4260 de 2007, modificado por el artículo 7º del Decreto número 3671 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 1453 del 27 de julio de 2009 el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial (MAVDT) adoptó el Macroproyecto de Interés Social Nacional denominado "Centro Occidente de Colombia San José", ubicado en el municipio de Manizales, departamento de Caldas, en aplicación de lo establecido en el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por la cual se adoptó el Plan Nacional de Desarrollo, previo cumplimiento de los trámites y requisitos establecidos en el Decreto número 4260 de 2007;

Que mediante Sentencia C-149 de 2010, la Honorable Corte Constitucional declaró inexequible el artículo 79 de la Ley 1151 de 2007, por medio de la cual se crea la figura de los Macroproyectos de Interés Social Nacional, precisando en el numeral 2 de la parte resolutiva, que esta decisión surte efectos hacia el futuro, con fundamento en lo que se transcribe a continuación:

"Para la Corte, la inconstitucionalidad de la norma acusada está determinada en términos de validez jurídica es decir, de oposición entre la ley y la Constitución, y no de eficacia. La posibilidad de que mediante megaproyectos se puedan modificar de manera automática cualquier POT delpaís, termina generando una grave inseguridad jurídica sobre los mismos. Resulta inadmisible que actos administrativos adoptados por una autoridad del orden nacional terminen convirtiéndose en instrumentos deplaneación que se sobrepongan a los POT. Aclaró que no es que se impida la viabilidad de Macroproyectos de Interés Social Nacional, sino que ello debe hacerse bajo el marco de los principios constitucionales. Hay

proyectos efectivos de intervenciones urbanísticas, pero no es interrumpiendo la autonomía de los municipios. En el caso concreto, la sentencia tiene efectos hacia el futuro, con lo cual no se produce traumatismo alguno, es decir, se aplicaría para nuevos Megaproyectos y no para aquellos que se encuentren en curso";

Que de conformidad con lo previsto en el artículo 2º de la Resolución número 204 de 2010, "por medio de la cual se dicta el procedimiento interno para la adopción de Macroproyectos de Interés Social Nacional, se establecen requisitos técnicos financieros y legales complementarios para su formulación y se crea el comité evaluador", a la fecha de expedición de la mencionada sentencia, el Macroproyecto de Interés Social Nacional "Centro Occidente de Colombia San José", se encontraba en etapa de ejecución;

Que mediante las Resoluciones números 1527 del 6 de agosto de 2010 y 1793 del 6 de septiembre de 2011 expedidas por el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial y las Resoluciones números 0483 del 16 de julio de 2012 y 0693 del 13 de noviembre de 2013 expedidas por el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio (MVCT), modificaron y adicionaron la citada Resolución número 1453 de 2009, con el objeto de ajustar el planteamiento urbanístico al proceso de adquisición de los inmuebles que hacen parte del área de planificación y la estructura financiera del Macroproyecto;

Que la Empresa de Renovación Urbana de Manizales Ltda. (ERUM) como promotor del Macroproyecto, identificó la necesidad de modificar la resolución de adopción, buscando agilizar la construcción de la Vivienda de Interés Prioritario, ajustar la estructura financiera del Macroproyecto en el sector La Avanzada, el desarrollo del Sector Par Vial Avenida Colón y los Sectores "Plan Parcial Galería" y "Pieza Intermedia de Planificación", de manera independiente;

Que los días 9 y 26 de junio de 2014 se celebraron mesas de trabajo técnicas entre el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio y la Empresa de Renovación Urbana de Ma-nizales Ltda. (ERUM), en las ciudades de Bogotá y Manizales, en el que se revisaron los aspectos urbanísticos, técnicos y financieros contenidos en la propuesta de modificación a la resolución de adopción del Macroproyecto de Interés Social Nacional "Centro Occidente de Colombia San José", de acuerdo con el Acta número 01 del 9 de junio de 2014;

Que la Empresa de Renovación Urbana de Manizales Ltda. (ERUM), como gestora del Macroproyecto, mediante Radicado número 2014ER0075721 del 28 de agosto de 2014, presentó el Documento Técnico de Soporte que contiene la propuesta de modificación a la Resolución número 1453 del 27 de julio de 2009, identificando la necesidad de realizar ajustes en los siguientes aspectos:

  1. Unidades de Ejecución Urbanística:

    1. Reconfiguración de las Unidades de Ejecución Urbanísticas números 3, 4, 5, 8, 9, 10, 14, 15, 17 y 19 y la creación de las Unidades de Ejecución números 20, 21 y 22 del Sector La Avanzada, como sectores desarrollables en procura de facilitar la gestión efectiva de las mismas y la obtención de licencias urbanísticas correspondientes;

    2. Identificación y redelimitación de las Unidades de Ejecución Urbanística que componen el Sector Par Vial Avenida Colón;

    3. Destinación de las viviendas tipo VIP, VIS y no VIS y determinación de sus porcentajes en las Unidades de Ejecución de los Sectores La Avanzada y Par Vial Avenida Colón.

  2. Potencial de Viviendas en los Sectores La Avanzada y Par Vial Avenida Colón: Estructuración de la proyección del potencial de viviendas por Unidad de Ejecución Urbanística, aumento de la densidad en vivienda VIS del Sector La Avanzada y vivienda no VIS para el Sector Par Vial Avenida Colón.

  3. Diseño Urbanístico y Cuadro de áreas:

    1. Ajuste al diseño urbanístico, actualización de planos y cuadros de áreas para las Unidades de Ejecución Urbanística del Sector La Avanzada;

    2. Incorporación de la modelación urbanística, actualización de planos y cuadros de áreas para las Unidades de Ejecución Urbanística que componen el Sector Par Vial Avenida Colón;

    3. Actualización de planos y cuadros de áreas para la totalidad de los Sectores que hacen parte del área de planificación del Macroproyecto.

  4. Normas urbanísticas:

    1. Ajuste de los lineamientos urbanísticos y reglamentación constructiva discriminada para las viviendas VIP y VIS de las Unidades de Ejecución Urbanística del Sector La Avanzada;

    2. Redefinición de los aprovechamientos y normas urbanísticas específicas para el Sector Par Vial Avenida Colón;

    3. Redefinición de normas urbanísticas para los Sectores de Planificación del Macroproyecto.

  5. Usos del Suelo:

    1. Ajuste en el régimen de usos del suelo para las Unidades de Ejecución Urbanística del Sector La Avanzada;

    2. Reasignación de usos del suelo para Unidades de Ej ecución Urbanística que componen el Sector Par Vial Avenida Colón;

    3. Reasignación de usos del suelo para los Sectores de Planificación del Macroproyecto.

  6. Estructuración financiera del Macroproyecto: Ajuste a la modelación financiera de los Sectores La Avanzada y Par Vial Avenida Colón.

  7. Otros aspectos contenidos en la Resolución de adopción del Macroproyecto y sus modificaciones, tales como el alcance a los estudios de amenazas y riesgos y las estrategias del macroproyecto.

  8. Actualización del Documento Técnico de Soporte y de la cartografía del Macropro-yecto de Interés Social Nacional;

    Que mediante comunicación con Radicado número 2014EE0080128 del 19 de septiembre de 2014, la Dirección de Espacio Urbano y Territorial del Ministerio de Vivienda, Ciudad y

    Territorio, remitió al promotor del Macroproyecto la documentación radicada, para que en el término de cuarenta y cinco (45) días hábiles fuera...

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