Resolución número 092100 de 2021, por medio de la cual se modifica el artículo 31 de la Resolución ICA 063625 de 2020 - 4 de Marzo de 2021 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 862190450

Resolución número 092100 de 2021, por medio de la cual se modifica el artículo 31 de la Resolución ICA 063625 de 2020

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín51606

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el numeral 8 artículo 29 y artículo 32 numeral 9 del Decreto 4765 de 2008, el numeral 1 y 3 del artículo 2.13.1.3.1 del Decreto

1071 de 2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), como Organización Nacional de Protección Fitosanitaria (ONPF), tiene la función de proteger la sanidad vegetal del país, mediante la ejecución de acciones de prevención, control y erradicación de plagas;

Que corresponde al ICA establecer las acciones que sean necesarias para la prevención, control, manejo técnico y económico de plagas y enfermedades de los vegetales y sus productos;

Que el ICA contempló la necesidad de renovar y actualizar la normatividad de medidas sanitarias y fitosanitarias de flores o ramas cortadas de las especies ornamentales, con el fin de suplir los requerimientos propios del sector, conservar los estándares fitosanitarios del país y mantener la calidad del material producido a efectos de ser comercializado dentro o fuera del territorio nacional;

Que según la Organización Mundial de la Salud (OMS) la pandemia del coronavirus Covid-19 es una emergencia sanitaria y social mundial, que requiere una acción efectiva e inmediata de los gobiernos, las personas y las empresas;

Que el Decreto 417 del 17 de marzo de 2020 declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio nacional, con el fin de conjurar la grave calamidad pública que afecta al país por causa del coronavirus COVID-19;

Que el Decreto 593 del 24 de abril de 2020 imparte nuevas instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la Pandemia del COVID-19 y el mantenimiento del orden público, con algunas excepciones para la reactivación de la economía colombiana;

Que, para tal efecto el ICA, mediante Resolución 063625 del 12 de marzo de 2020 estableció "los requisitos para obtener el Registro del Lugar de Producción de flores o ramas cortadas de las especies ornamentales con destino a la exportación y para el registro de Exportador e Importador de flores y ramas cortadas de las especies ornamentales";

Que, el ICA ha recibido comunicaciones por parte del sector floricultor, en donde solicitan se les amplíe el plazo establecido en la Resolución 063625 de 2020, para cumplir con las disposiciones allí establecidas toda vez que se han visto...

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