Resolución número 0947 de 2017, por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación de curadores urbanos en el municipio de Puerto Colombia - Atlántico - 3 de Enero de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 700171917

Resolución número 0947 de 2017, por la cual se decide aprobar el estudio técnico que sustenta la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas y se declara viable la designación de curadores urbanos en el municipio de Puerto Colombia - Atlántico

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín50465

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas por el Decreto-ley número 3571 de 2011 y el Decreto número 1077 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que conforme a lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 101 de la Ley 388 de 1997, modificado por el artículo 9º de la Ley 810 de 2003, los municipios y distritos podrán establecer, previo concepto favorable del Ministerio de Desarrollo hoy Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, el número de curadores en su jurisdicción, teniendo en cuenta la actividad edificadora, el volumen de las solicitudes de licencias urbanísticas, las necesidades del servicio y la sostenibilidad de las curadurías urbanas. En todo caso cuando el municipio o distrito opte por la figura del curador urbano, garantizará que este servicio sea prestado, al menos, por dos de ellos.

Que de acuerdo con los artículos 2.2.6.6.2.1 y 2.2.6.6.2.2 del Decreto número 1077 de 2015, los municipios y distritos que por primera vez designen curadores urbanos o decidan designar adicionales, deberán elaborar de manera previa a la convocatoria del concurso de méritos, un estudio técnico que sustente la necesidad del servicio y la capacidad de sostenibilidad económica de las curadurías urbanas con base en la metodología que para el fin disponga el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio.

Que así mismo, el parágrafo del artículo 2.2.6.6.8.4 del Decreto número 1077 de 2015, dispone que el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, "determinará mediante resolución el factor municipal para la liquidación de las expensas de los municipios que decidan designar curadores urbanos por primera vez".

Que el numeral 9 del artículo 16 del Decreto-ley número 3571 de 2011 establece como función de la Dirección de Espacio Urbano y Territorial del Viceministerio de Vivienda, "(...) 9....

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