Resolución número 0957 de 2017, por la cual se microfocaliza un área geográfica para implementar la inscripción de predios en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente - 8 de Julio de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 685615401

Resolución número 0957 de 2017, por la cual se microfocaliza un área geográfica para implementar la inscripción de predios en el Registro de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas
Número de Boletín50288

La Directora Territorial del Meta, en ejercicio de las facultades legales otorgadas por la Ley 1448 de 2011, el Decreto número 1071 de 2015, 440 de 2016, y las Resoluciones números 0131, 141 y 227 de 2012, y

CONSIDERANDO: RESUELVE:

Primero. Microfocalizar la zona sur del municipio de Lejanías Oriental, (Veredas: Alto Yucape, La Cristalina Baja, Caño Rojo, La Española, La Albania, Bajo Yucape, Las Camelias, Tres Estrellas, San Ignacio, El Convenio, Alto El Tigre, La 24, El Paraíso, El Brillante, El Topacio, Los Laureles, Las Margaritas, Buenos Aires, La Angostura y Alto Lejania); en el departamento del Meta, representado en el Plano Predial UT_MT_50400_MF002, elaborado por esta Dirección Territorial, que forma parte integral del presente acto administrativo y que cuenta con las siguientes coordenadas geográficas en grados, minutos y segundos (MAGNA-SIRGAS1) puntos extremos del área seleccionada, así:

Segundo. Solicitar al Comité Operativo Local de Restitución y Formalización de Tierras Despojadas y Abandonadas Forzosamente (COLR), realizar el seguimiento respectivo a efectos de verificar la situación de seguridad y condiciones para el retorno, con el fin de generar los presupuestos necesarios para garantizar la restitución y su sostenibilidad.

Tercero. Solicitar a las autoridades locales los apoyos institucionales que se requieran para la implementación del Registro.

Cuarto. Publíquese la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011, aplicable por remisión según el artículo 2.15.1.6.9 del Decreto número 1071 de 2015.

Quinto. Contra la presente resolución no procede ningún recurso.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Villavicencio, a 14 junio de 2017.

La Directora Territorial Meta, Unidad Administrativa Especial de Gestión de Restitución de Tierras Despojadas,

Diana Esmeralda Herrera Patino.

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