Resolución número (0997-2018) md-dimar-subdemar-alit de 2018, por medio de la cual se otorga una concesión a la Sociedad Irotama S.A.S., sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta - 18 de Diciembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 751765261

Resolución número (0997-2018) md-dimar-subdemar-alit de 2018, por medio de la cual se otorga una concesión a la Sociedad Irotama S.A.S., sobre un bien de uso público en jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín50811

El Director General Marítimo, en uso de sus facultades legales conferidas en el numeral 21 del artículo del Decreto-ley 2324 de 1984, el numeral 2 del artículo 2º del Decreto 5057 de 2009, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante la Resolución 0106 del 19 febrero de 1996, la Dirección General Marítima otorgó a la Sociedad Inversiones Irotama Díaz Herrera y Cía. S. en C., por un término de (20) años, la concesión de un área de cuarenta y seis mil ochocientos veintiséis coma tres metros cuadrados (46.826,3 m2), ubicada en el kilómetro 14 en el costado derecho de la vía Santa Marta-Barranquilla, Corregimiento de Gaira, en Jurisdicción de la Capitanía de Puerto de Santa Marta.

  2. Que mediante oficio radicado internamente con el número 142015103811 del 30 de junio del 2015, el señor Miguel Triana Soto, en su condición de representante legal y Director General de la Sociedad Inversiones Irotama S.A.S., solicitó la modificación y ampliación del término de la concesión otorgada mediante la Resolución número 106 del 19 de febrero de 1996, sobre un bien de uso público en el sector de Pozos Colorados, en el Distrito Turístico, Cultural e Histórico de Santa Marta, en el departamento del Magdalena.

  3. Que con la solicitud formal fueron aportados los siguientes:

    1. Memoria descriptiva del proyecto, acompañado del Estudio Oceanográfico y el Levantamiento Hidrográfico elaborados en el año 2015;

    2. Comunicación DM-016/2014 del 22 de agosto de 2014, por la cual el Coordinador del Grupo de Planificación y Desarrollo Sostenible del Turismo, hace constar que la nación, a través del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en la fecha de expedición del concepto, no adelanta ningún proyecto turístico que pueda ser interferido o afectado y no encuentra inconveniente alguno a la solicitud de concesión del área solicitada;

    3. Certificación sobre consulta a los Planes de Expansión Portuaria número 026 de 2014, realizada por la Dirección de Infraestructura del Ministerio de Transporte, que hace constar que a la fecha de su expedición, en el área de interés no existe proyecto de desarrollo portuario, concesión portuaria otorgada, ni trámite para el otorgamiento de concesión, permiso o licencia portuaria;

    4. Certificado expedido el 4 de noviembre de 2014, por la Secretaría de Planeación del Distrito de Santa Marta mediante el cual manifiesta que el área está definida como área de actividad recreacional y de parque, no está ocupada por otra persona, no está destinado a ningún uso público, ni a ningún servicio oficial y que las instalaciones existentes no ofrecen ningún inconveniente a la municipalidad;

    5. Resolución 1317 del 26 de noviembre de 2014, proferida por el Departamento Administrativo Distrital del Medio Ambiente de Santa Marta (Dadma) por la cual otorga viabilidad ambiental para las actividades que desarrolla el Hotel Iro-tama S.A.S. con relación a la ubicación de elementos removibles;

    6. Certificación número 489 del 24 de abril de 2015, el Director de Consulta Previa, indica que no se registra la presencia de Comunidades Indígenas, Rom y Minorías, ni Comunidades Negras. Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras, en el área de interés;

    7. Certificado de Existencia y Representación otorgado por la Cámara de Comercio de Santa Marta el 12 de mayo de 2015, correspondiente a la Sociedad Irotama S.A.S.;

    8. Certificados de Libertad y Tradición de los predios identificados con Folios de Matrícula Inmobiliaria números 080-941, 080-9034, 080-36911, 080-36912, 080-41637, y 080-56838;

    9. Oficio número 411-2015, radicado con el número MC-010530-EE-2015 del 25 de junio de 2015, del Director de Patrimonio del Ministerio de Cultura en el que indica que revisado el listado de bienes de interés cultural del ámbito nacional, no se encontraron registros en las coordenadas remitidas e informa que se envía

      copia al Instituto Colombiano de Antropología e Historia (Icanh), para lo referente al Patrimonio Arqueológico;

    10. Recibo de pago realizado el 25 de junio de 2015, correspondiente al trámite de concesión;

    11. Concepto Técnico CT. 058-CP04- ALITMA-613 del 25 de septiembre de 2015 elaborado por el Área de Litorales de la Capitanía de Puerto de Santa Marta.

  4. Que mediante auto del 28 de octubre de 2015, el Capitán de Puerto dispuso fijar los edictos conforme lo previsto en el artículo 171 del Decreto-ley 2324 de 1984.

  5. Que dentro del trámite de concesión solicitado por la Sociedad Irotama S.A.S., en los términos establecidos en el artículo 173 del Decreto-ley 2324 de 1984, fueron presentadas las siguientes oposiciones:

    - Escrito radicado internamente con el número 142015107590 del 15 de diciembre de 2015, por la Sociedad Hecol S.A.S., a través de su apoderado Martín Bermúdez Muñoz, identificado con cédula de ciudadanía número 13352744 expedida en Pamplona, portador de la Tarjeta Profesional número 31.230 del Consejo Superior de la Judicatura.

    - Escrito radicado internamente con el número 142015107591 del 15 de diciembre de 2015, por la Sociedad Alianza Fiduciaria S. A., vocera del Fideicomiso Hotel Emile Mercure Santa Marta.

  6. Que previo a resolver el incidente de oposiciones, con auto proferido el 7 de abril de 2016, la Capitanía de Puerto de Santa Marta dispuso entre otros asuntos, la realización de una diligencia de inspección a la playa marítima adyacente al Hotel Irotama, ubicada en el margen derecho de la vía que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR