Resolución número 1- 2000 de 2019, por medio de la cual se regulan aspectos relacionados con el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA FIC, se modifican los artículos 11, 12,13 y 14 de la Resolución 1449 de 2012, y se derogan las Resoluciones 621 de 2013 y 360 de 2014 - 18 de Noviembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 826965273

Resolución número 1- 2000 de 2019, por medio de la cual se regulan aspectos relacionados con el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA FIC, se modifican los artículos 11, 12,13 y 14 de la Resolución 1449 de 2012, y se derogan las Resoluciones 621 de 2013 y 360 de 2014

EmisorEstablecimientos Públicos - Servicio Nacional de Aprendizaje
Número de Boletín51141

El Director General del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), en ejercicio de sus facultades legales y reglamentarias, en especial las conferidas en los numerales 4 y 25 del artículo 4º del Decreto 249 de 2004, en el artículo 3º del Decreto 1047 de 1983 y en el artículo 3º, del Acuerdo 08 de 1984, y

CONSIDERANDO:

Que en el Decreto 2375 de 1974 "por el cual se dictan medidas destinadas a combatir el desempleo", dispone en su artículo 6º lo siguiente: "Exonérase a la industria de la construcción de la obligación que, conforme a las disposiciones vigentes, tiene de contratar aprendices. En su lugar, créase el Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción a cargo de los empleadores de ese ramo de la actividad económica, quienes deberán contribuir mensualmente al mismo con una suma igual a una vez el salario mínimo por cada cuarenta (40) trabajadores que laboren bajo sus órdenes. "El Fondo será administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje con la asesoría de la Cámara Colombiana de la Construcción y con cargo a él se atenderá el pago de la proporción salarial que corresponda a los aprendices que reciben formación profesional en los diversos oficios de la industria de la construcción".

Que el Decreto 1047 de 1983, "por medio del cual se reglamenta parcialmente el Decreto 2375 de 1974 en lo relacionado con el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC", establece en su artículo 2º "El Fondo será administrado por el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), con la asesoría de la Cámara Colombiana de la Construcción (Camacol), y se destinará a atender los programas y modos de Formación Profesional desarrollados por el SENA, que guarden relación con los diferentes oficios de la Industria de la Construcción".

Que el Decreto 1047 de 1983 en su artículo 3º dispone: "El Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA), como administrador del Fondo, queda facultado para establecer los procedimientos necesarios relacionados con la liquidación, recaudo y control de los valores correspondientes al FIC, así como también para regular la administración, funcionamiento y destinación específica del mismo".

Que el Consejo Directivo Nacional del SENA mediante Acuerdo 8 de 1984, impartió "autorización al Director General del SENA para la reorganización del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción FIC", disponiendo en su artículo 3 º que "El Director General del SENA queda facultado para reglamentar el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción "F.I.C", en todos sus aspectos".

Que mediante la Resolución 1449 de 2012 se reguló el funcionamiento del Fondo Nacional de Formación Profesional de la Industria de la Construcción del SENA (FIC), la cual fue modificada por las Resoluciones 621 de 2013 y 360 de 2014.

Que mediante Acuerdo 7 de 2016, "por medio del cual se aprueban las políticas y objetivos de los Subsistemas de Gestión que conforman el Sistema Integrado de Gestión y

Autocontrol (SIGA) y la promesa de valor que los integra y articula", en el último inciso del artículo 1º dispone: "Esta promesa de valor se sustenta en la mejora continua de la gestión en todos los niveles de la entidad y se articula con las políticas específicas de cada subsistema que conforman el SIGA".

Que mediante la Resolución 196 de 2017, por la cual se reglamenta el Sistema Integrado de Gestión y Autocontrol (SIGA) en el Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y se dictan otras disposiciones, en su artículo 6º párrafo final establece: "Los lineamientos que los responsables de los procesos imparten a través de la documentación que se formaliza en el Sistema...

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