Resolución número 1 de 2016, por medio de la cual se compila la reglamentación del destino del crédito agropecuario y rural, se definen sus beneficiarios, condiciones financieras y se adoptan otras disposiciones - 16 de Marzo de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 631562890

Resolución número 1 de 2016, por medio de la cual se compila la reglamentación del destino del crédito agropecuario y rural, se definen sus beneficiarios, condiciones financieras y se adoptan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Crédito Agropecuario
Número de Boletín49817

La Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, en ejercicio de las facultades conferidas en las Leyes 16 de 1990, 101 de 1993, 731 de 2002, 811 de 2003, 1731 de 2014, y los Decretos 1313 de 1990 y 2371 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo dispuesto en el segundo inciso del artículo 2º de la Ley 16 de 1990, el crédito de fomento se destinará primordialmente para impulsar la producción en sus distintas fases, capitalizar el sector agropecuario, incrementar el empleo, estimular la transferencia de tecnología, contribuir a la seguridad alimentaria de la población urbana y rural, promover la distribución del ingreso, fortalecer el sector externo de la economía y mejorar las condiciones sociales y económicas del sector rural del país.

Que de conformidad con el artículo 8º de la Ley 16 de 1990, modificado por el artículo 133 de la Ley 811 de 2003, el objetivo de Finagro es la financiación de actividades rurales y de producción en sus distintas fases y comercialización del sector agropecuario.

Que de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 16 de 1990 y los Decretos 1313 de 1990 y 2371 de 2015, este último expedido bajo los lineamientos del literal e) del artículo de la Ley 1753 de 2015, con el cual se concedieron facultades extraordinarias al Presidente de la República para crear, reasignar, modificar y distribuir competencias, funciones u objetivos a la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario y al Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro), para diseñar e implementar políticas de financiamiento, de gestión de riegos agropecuarios y microfinanzas rurales, respetando en todo caso el esquema de inversión forzosa, la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario es el organismo rector del financiamiento del sector agropecuario y dentro de sus funciones esta entre otros asuntos, los siguientes:

  1. Establecer las actividades, los costos y los porcentajes de estos últimos que podrán ser objeto de financiación por parte de las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario.

  2. Fijar, dentro de los límites de carácter general que señale la Junta Directiva del Banco de la República, políticas sobre las tasas de interés que se cobrarán a los usuarios del crédito por parte de las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario.

e) Aprobar, mediante normas de carácter general y con el voto favorable del Ministro de Agricultura, la refinanciación de los créditos otorgados por las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario cuando se afecte negativamente la producción o se disminuya apreciablemente la inversión que se realizó con el crédito por la presencia, a su juicio, de razones de fuerza mayor o caso fortuito.

Las entidades que integran el Sistema Nacional de Crédito Agropecuario determinarán las políticas de refinanciación a los usuarios individualmente, siguiendo los lineamientos establecidos por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario cuando sea del caso.

f) Fijar las tasas y márgenes de redescuento de las operaciones que apruebe Finagro.

l) Determinar anualmente el Plan Indicativo de Crédito Agropecuario y Rural.

Que el Decreto 1777 de 1996 que reglamentó parcialmente el Capítulo XIII de la Ley 160 de 1994, dispone en su artículo 3º que la acción institucional del Estado en zonas de reserva campesina será concertada con el fin de promover y encauzar recursos y programas que definan un propósito común de desarrollo en la región y que se realizará con condiciones preferenciales en cuanto al otorgamiento de subsidios, incentivos y estímulos a favor de la población campesina en materia de créditos agropecuarios, capitalización rural, adecuación de tierras y desarrollo de proyectos alternativos, entre otros aspectos.

Que la Ley 731 de 2002 estableció la creación de líneas de crédito dirigidas a las mujeres rurales de bajos ingresos para el desarrollo de actividades rurales con una perspectiva más amplia de la ruralidad.

Que de conformidad con el artículo 3º de la Ley 1731 de 2014, "... es responsabilidad de las entidades que otorguen los créditos, la evaluación del riesgo crediticio y el cumplimiento de los requisitos previstos en la normatividad que resulte aplicable, en especial las emitidas por la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario ..."

Que en virtud de sus facultades, la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, expidió las resoluciones que se detallan a continuación, y que se pretenden compilar en la presente resolución:

· Resolución número 4 de 2001, modificada por las Resoluciones números 2 de 2002, 4 de 2004, 15 de 2012, 9 de 2013 y 13 de 2015, que definen el destino del crédito agropecuario;

· Resolución número 10 de 2011, modificada por la Resolución número 11 de 2012, que creó y reglamentó los programas especiales de fomento y desarrollo agropecuario con encadenamiento.

· Resoluciones números 11 y 16 de 2011, que reglamentó los créditos para población víctima del conflicto armado, población reinsertada y población vinculada a los programas de desarrollo alternativo.

Resoluciones número 24 de 1993 y número 19 de 1994, definió lo relacionado con el control de inversión que deben realizar los intermediarios financieros sobre las inversiones que han financiado con el crédito agropecuario.

Que el Secretario Técnico de la Comisión Nacional de Crédito Agropecuario, presentó ante sus miembros, la Justificación Técnica y Jurídica de la presente...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR