Resolución número 100-004454 de 2020, por la cual se adopta la tabla de honorarios y se imparten otras directrices para la definición del valor y la forma de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en la Superintendencia de Sociedades - 26 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845717149

Resolución número 100-004454 de 2020, por la cual se adopta la tabla de honorarios y se imparten otras directrices para la definición del valor y la forma de los contratos de prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión en la Superintendencia de Sociedades

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín51357

El Superintendente de Sociedades, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas la Constitución Política artículos 209 y 211, en la Ley 80 de 1993 numerales 1 y 3 del artículo 11, en el Decreto 1023 de 2012 numerales 2 y 15 del artículo 8º y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007, establece en relación con los fines de la contratación estatal, que al celebrar contratos y con la ejecución de los mismos, las entidades buscan el cumplimiento de los fines estatales, la continua y eficiente prestación de los servicios públicos y la efectividad de los derechos e intereses de los administrados que colaboran con ellas en la consecución de dichos fines. Del mismo modo, señala que los particulares, tendrán en cuenta al celebrar y ejecutar contratos con las entidades estatales que, colaboran con ellas en el logro de sus fines y cumplen una función social que, como tal, implica obligaciones;

Que los numerales 1 y 3 del artículo 11 de la Ley 80 de 1993 modificado por el artículo 32 de la Ley 1150 de 2007, otorgan a los jefes o representantes legales de las Entidades Estatales la competencia para ordenar y dirigir la celebración de licitaciones y la competencia para celebrar contratos a nombre de la Entidad;

Que de conformidad con lo establecido en el artículo 23 de la Ley 80 de 1993, las actuaciones de quienes intervengan en la contratación estatal se desarrollarán con arreglo a los principios de transparencia, economía y responsabilidad y de conformidad con los postulados que rigen la función administrativa. Igualmente, se aplicarán las normas que regulan la conducta de los servidores públicos, las reglas de interpretación de la contratación, los principios generales del derecho y los particulares del derecho administrativo;

Que según lo estipulado en el literal h numeral 4 del artículo de la Ley 1150 de 2007, procede la contratación directa para la prestación de servicios profesionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución de...

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