Resolución número 100-005405 de 2020, por la cual se expiden y adoptan los manuales de usuario para tramitar los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia, a través de mecanismos digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones - 1 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847763576

Resolución número 100-005405 de 2020, por la cual se expiden y adoptan los manuales de usuario para tramitar los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia, a través de mecanismos digitales y del uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y las comunicaciones

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Sociedades
Número de Boletín51424

El Superintendente de Sociedades, en uso de sus facultades legales y en especial las consagradas en el artículo 8º del Decreto 1023 de 2012.

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 560 de 15 de abril de 2020 "por el cual se adoptan medidas transitorias especiales en materia de procesos de insolvencia, en el

marco del Estado de Emergencia Social y Ecológica", mediante el cual se crearon los trámites de Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización y Procedimientos de Recuperación Empresarial en las Cámaras de Comercio.

Que el Decreto Legislativo 560 de 15 de abril de 2020, facultó expresamente a la Superintendencia de Sociedades para establecer los términos de presentación y trámite de solicitudes de Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización.

Que el Decreto Legislativo 560 de 15 de abril de 2020, establece que, en lo pertinente, a la Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización le es aplicable la Ley 1116 de 2006.

Que los procesos de Negociación de Emergencia de Acuerdos de Reorganización tienen como finalidad servir como mecanismo transitorio de recuperación empresarial desjudicializado que permita a los deudores afectados por la pandemia generada por el Coronavirus Covid-19, renegociar los términos de las obligaciones con sus acreedores y preservar su actividad económica, como forma de proteger el empleo.

Que el Gobierno nacional expidió el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, "por el cual se dictan medidas especiales en materia de procesos de Insolvencia, con el fin de mitigar los efectos de la emergencia social, económica y ecológica en el sector empresarial", mediante el cual se crearon los procesos de Reorganización Abreviada y Liquidación Judicial Simplificada, los cuales se deberán tramitar de manera expedita considerando los recursos disponibles para ello.

Que el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020 establece que, con el fin de poder atender la proliferación de procesos, procedimientos y trámites de insolvencia regulados en la Ley 1116 de 2006, en el Decreto Legislativo 560 de 2020 y en el mencionado Decreto Legislativo 772, la Superintendencia de Sociedades podrá solicitar el diligenciamiento de formatos electrónicos como parte de la solicitud de admisión y la radicación electrónica de la solicitud y de la información.

Que el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, establece que los formularios para la presentación de solicitudes deberán diligenciarse en los términos que establezca la Superintendencia de Sociedades, entidad que podrá hacer uso de herramientas tecnológicas y de inteligencia artificial en el desarrollo de las etapas de los procesos, procedimientos y trámites de insolvencia.

Que el Decreto Legislativo 772 de 3 de junio de 2020, establece que el uso de herramientas...

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