Resolución número 10033 de 2018, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación para la Revocatoria del Mandato del Alcalde del municipio de San Pelayo, Córdoba a realizarse el quince (15) de julio de 2018 - 12 de Julio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 732022421

Resolución número 10033 de 2018, por medio de la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en las mesas de votación para la Revocatoria del Mandato del Alcalde del municipio de San Pelayo, Córdoba a realizarse el quince (15) de julio de 2018

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín50652

El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de las atribuciones constitucionales y legales y en especial las consagradas en el inciso 2º del artículo 266 de la Constitución Política, el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 2º de la Constitución Política establece como fin esencial del Estado, facilitar la participación de todos los ciudadanos en las decisiones que los afectan en la vida económica, administrativa y cultural de la Nación.

Que, en el inciso segundo del artículo 266 de la Constitución Política establece como función propia del Registrador Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral.

Que, el artículo 5º, numeral 11 del Decreto 1010 de 2000, establece como función de la Registraduría Nacional del Estado Civil, dirigir y organizar el proceso electoral y demás mecanismos de participación ciudadana y elaborar los respectivos calendarios electorales.

Que, el inciso primero del artículo 85 del Decreto-ley 2241 de 1986 "Código Electoral" , declarado parcialmente inexequible por la Sentencia C-230 A de 2008 de la Corte Constitucional, establece que la "Registraduría Nacional, fijará el número de ciudadanos que podrán sufragar en las distintas mesas de votación".

Que, mediante Decreto número 0142 del treinta (30) de mayo de 2018, la Gobernadora (E) del departamento de Córdoba fijó como fecha de votación para la Revocatoria del Mandato del Alcalde del municipio de San Pelayo, el domingo quince (15) de julio de 2018.

Que, con base en el decreto anteriormente citado la Directora de Gestión Electoral (EF), de la Registraduría Nacional del Estado Civil, expidió el calendario electoral correspondiente a la nueva elección de alcalde, que se llevará a cabo el día 15 de julio de

2018.

Que, en virtud de lo anteriormente expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Establézcase, en novecientos ochenta (980) el número máximo de ciudadanos aptos para sufragar, en cada una de las mesas...

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