Resolución número 1004 de 2019, por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2019 - 17 de Diciembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 830310973

Resolución número 1004 de 2019, por la cual se efectúa una modificación al anexo del Decreto de Liquidación en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, para la vigencia fiscal de 2019

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Número de Boletín51170

El Director del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, en ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 2.8.1.5.6 del Decreto 1068 de 2015, modificado por el artículo 8º del Decreto 412 de 2018, y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ley 1940 del 26 de noviembre de 2018, se decretó el presupuesto de rentas y recursos de capital y ley de apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre de 2019.

Que, mediante Decreto 2467 del 28 de diciembre de 2018, se liquidó el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2019, se detallan las apropiaciones y se clasifican y definen los gastos.

Que, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto Único Reglamentario del Sector Hacienda y Crédito Público 1068 del 26 de mayo de 2015 en su artículo 2.8.1.5.6, modificado por el artículo 8º del Decreto 412 de 2018, establece: "Las modificaciones al anexo del decreto de liquidación que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto total de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda o los programas

y subprogramas de inversión aprobados por el Congreso de la República, se realizarán mediante resolución expedida por el jefe del órgano respectivo. En el caso de los establecimientos públicos del orden nacional, estas modificaciones se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos, o por resolución del representante legal en caso de no existir aquellas.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público-Dirección General del Presupuesto Público Nacional, aprobará las operaciones presupuestales contenidas en las resoluciones o acuerdos una vez se realice el registro de las solicitudes en el Sistema Integrado de Información Financiera (S.I.I.F.) Nación.

Si se trata de gastos de inversión, la aprobación requerirá previo concepto favorable del Departamento Nacional de Planeación- Dirección de Inversión y Finanzas Públicas-sobre las operaciones presupuestales contenidas en los proyectos de resoluciones o acuerdos...

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