Resolución número 1040 de 2020, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. para garantizar las obligaciones de pago a cargo de su filial Interchile S.A., hasta por la suma de noventa y cuatro millones de dólares (USD94.000.000) de los Estados Unidos de América - 27 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844292736

Resolución número 1040 de 2020, por la cual se autoriza a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. para garantizar las obligaciones de pago a cargo de su filial Interchile S.A., hasta por la suma de noventa y cuatro millones de dólares (USD94.000.000) de los Estados Unidos de América

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51298

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confiere el artículo 12 de la Ley 533 de 1999 y el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que mediante comunicación radicada en el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con el número 1-2019-102914 del 7 de noviembre de 2019, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para garantizar por un valor de hasta USD94.000.000 las obligaciones asumidas por su filial Interchile S.A. y para suscribir el documento denominado "Escritura de Constancia y Declaración Prendas sin Desplazamiento";

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.2.1.1.1 del Decreto 1068 de 2015, son operaciones de crédito público los actos o contratos que tienen por objeto dotar a la entidad estatal de recursos, bienes o servicios con plazo para su pago o aquellas mediante las cuales la entidad estatal actúa como deudor solidario o garante de obligaciones de pago;

Que el artículo 12 de la Ley 533 de 1999 dispone que la celebración de los contratos relacionados con crédito público y de las titularizaciones, por parte de las entidades estatales, así como por parte de aquellas entidades con participación del Estado superior al cincuenta por ciento en su capital social, independientemente de su naturaleza y del orden al cual pertenezcan, que no tengan trámite previsto en las leyes vigentes y en el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes, requerirá la autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, la cual podrá otorgarse en forma general o individual dependiendo de la cuantía, modalidad de la operación y entidad que la celebre;

Que el artículo 6º de la Ley 781 de 2002, dispone que sin perjuicio de lo establecido en los artículos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestión y celebración de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 (compilado en el Libro 2 Parte 2 del Decreto 1068 de 2015) y demás normas concordantes por parte de las empresas de servicios públicos domiciliarios oficiales y mixtas, así como de aquellas con participación directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento (50%) de su capital social, se sujetarán a las normas sobre crédito público aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

Que de conformidad con la Escritura de Reforma Parcial y Compilación de los Estatutos Sociales de Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., número 1175 del 16 de mayo de 2019 otorgada en la Notaría Diecisiete del Círculo de Medellín, Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P., es una Empresa de Servicios Públicos Mixta, constituida como Sociedad por acciones de la especie de las anónimas, de carácter comercial, del orden nacional y vinculada al Ministerio de Minas y Energía regida por las Leyes 142 y 143 de 1994 o las normas que las adicionen modifique o sustituyan;

Que mediante oficio número SC-20174380264571 del 4 de mayo de 2017, el Departamento Nacional de Planeación otorgó a Interconexión Eléctrica S.A. E.S.P. (ISA), concepto favorable para llevar a cabo operaciones de crédito público interno, de largo plazo sin garantía de la Nación en los términos establecidos en el Decreto 1068 de 2015, hasta por COP$5.143 mil millones o su equivalente en otras monedas, con el fin de financiar su plan de inversiones 2017-2020, destinados a efectuar: 1) Operaciones de...

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