Resolución número 1041 de 2020, por la cual se reglamentan los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente hídrica Yaguilga y sus principales tributarios que discurren por los municipios del Pitaly El Agrado, en el departamento del Huila - 29 de Agosto de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847642697

Resolución número 1041 de 2020, por la cual se reglamentan los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente hídrica Yaguilga y sus principales tributarios que discurren por los municipios del Pitaly El Agrado, en el departamento del Huila

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena
Número de Boletín51421

La Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM), en uso de sus facultades legales, en especial las que delega la Ley 99 de 1993 y las conferidas por la Dirección General según la Resolución número 4041 del 21 de diciembre de 2017, modificada bajo la Resolución número 466 de 2020, y

CONSIDERANDO:

Que mediante estudio preliminar se revisaron los usos existentes sobre la quebrada Yaguilga y sus principales tributarios, que discurren por los municipios del Pital y El Agrado (H), concluyéndose la necesidad de reglamentar dicha corriente, debido a que la mayoría de usuarios no cuentan con concesión de aguas y a que la demanda debe ser ajustada a la oferta hídrica disponible.

Que en atención a lo anterior y al Decreto número 1076 de 2015, se ordenó adelantar los estudios para la reglamentación de los usos y aprovechamientos de las aguas de la corriente hídrica Yaguilga y sus principales tributarios, que discurren por los municipios del Pital y El Agrado, en el departamento del Huila, mediante Resolución CAM número 3993 del 9 de diciembre de 2016, emanada de la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental de la Corporación Autónoma Regional del Alto Magdalena (CAM).

Que dicha providencia fue comunicada por la CAM a los usuarios de la quebrada Yaguilga y sus principales tributarios, a través de un aviso publicado en los diarios La Nación y Diario del Huila.

Que se celebró una reunión el día viernes 24 de febrero de 2017, en la Casa de la Cultura en el municipio de El Pital (Huila), a partir de las 10:00 a. m., con el propósito de informar a todos los asistentes que profesionales de la CAM estarían recorriendo los cauces de la quebrada Yaguilga, con el fin de recolectar información en campo, georreferenciar y localizar puntos y áreas de interés; se indicaron trámites y se definieron sitios donde se llevarían a cabo visitas de inspección ocular a que hace referencia el Artículo 2.2.3.2.13.1. del Decreto número 1076 de 2015.

Que una vez efectuadas las respectivas publicaciones se procedió a realizar las correspondientes visitas oculares, se revisaron las concesiones de las corrientes por los funcionarios idóneos de la Corporación y se tuvieron en cuenta aspectos tales como Cartografía, Censo de usuarios de aprovechamiento de aguas, hidrometeorológicos, agronómicos, riego y drenaje, socioeconómicos, obras hidráulicas, de incidencia ambiental en el desarrollo de la región, en el uso actual y proyectado del agua, legales, módulos de consumo y control y vigilancia de los aprovechamientos.

Que una vez presentada la documentación requerida para hacerse parte dentro del proceso de la Reglamentación se determinaron las necesidades de cada uno de los predios solicitantes y se diagnosticó lo referente a los actuales y potenciales consumos de agua para cada predio.

Que uno de los principales objetivos para considerar la concesión del recurso hídrico es el cubrimiento general a todos los usuarios localizados dentro del área de influencia de estas fuentes, para las actividades propias como: Uso doméstico, agrícola y pecuario, consecuencialmente garantizar el no agotamiento del caudal de las corrientes, asegurando

la preservación de cualquier forma de vida ictiológica que en dicho cauce existan (caudal ambiental para el mantenimiento y preservación del cauce principal).

Que con base en todos los estudios y visitas a los diferentes predios a beneficiarse de las aguas de estas corrientes, se elaboró el Proyecto de Distribución de caudales de la quebrada Yaguilga y sus principales tributarios, el cual fue puesto en conocimiento de los usuarios mediante aviso publicado por dos veces en los diarios de mayor circulación de la región, correspondientes al Diario del Huila y Diario La Nación; el primer aviso fue publicado el día sábado 25 de enero de 2020 y el segundo aviso se publicó el día miércoles 19 de febrero de 2020. Además, se puso a disposición en la Subdirección de Regulación y Calidad Ambiental (carrera 1 Nº 60-79 Neiva, Huila), en la Dirección Territorial Centro (carrera 4A Nº 4-46 Garzón, Huila) y en la Alcaldía de los municipios del Pital (calle 6 Nº 10-15) y El Agrado (carrera 4 Nº 5-48 barrio Centro), para la respectiva revisión y formulación de las objeciones a que hubiera lugar conforme a lo estipulado en el artículo 2.2.3.2.13.5. del Decreto número 1076 de 2015, "Con base en los estudios y visitas a que se refieren los Artículos anteriores, se elaborará un proyecto de distribución de aguas. Este proyecto se comunicará a los interesados...

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