Resolución número 1046 de 2020, por la cual se determina el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios de que trata el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019 - 29 de Abril de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 844292786

Resolución número 1046 de 2020, por la cual se determina el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios de que trata el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51300

El Ministro de Hacienda y Crédito Público y Director General Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 137 de la Ley 2010 de 2019 dispuso: "Créase una Comisión de Expertos para estudiar los beneficios tributarios vigentes en el sistema tributario nacional, con el objeto de evaluar su conveniencia y proponer una reforma orientada a mantener los beneficios tributarios que sean eficientes, permitan la reactivación de la economía, fomenten el empleo, emprendimiento y formalización laboral, empresarial y tributaria que se fundamenten en los principios que rigen el sistema tributario nacional. La Comisión de Expertos podrá convocar a expertos de distintas áreas, en calidad de invitados.

La Comisión de Expertos se conformará a más tardar, dentro de los cuatro (4) meses siguientes a la entrada en vigencia de la presente ley, la cual estará integrada por el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) o su delegado, el Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público o su delegado, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo o su delegado, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado, Ministro de Trabajo o su delegado y cinco (5) expertos internacionales. La Comisión será presidida por el Viceministro Técnico del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y el Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

La Comisión deberá entregar sus propuestas al Ministro de Hacienda y Crédito Público máximo en dieciocho (18) meses contados a partir de su conformación.

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) determinarán mediante resolución el funcionamiento de dicha Comisión, la cual se dictará su propio reglamento".

Que acorde con lo expuesto en el artículo en mención se requiere expedir la presente resolución por parte del Ministerio de Hacienda y Crédito Público y la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN), para el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarlos, la cual dictará su propio reglamento.

Que para garantizar el funcionamiento de la Comisión de Estudio de Beneficios Tributarios se requiere intercambiar información tributaria entre la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) y la Comisión a través de los medios que se definan, en el marco de lo previsto en el artículo 20 de la Constitución Política, los literales a) y c) del artículo 18 y los literales b), h) y parágrafo del artículo 19 de la Ley 1712 de 2014, la Ley 1581 de 2012, y el artículo 583 del Estatuto Tributario entre otras disposiciones.

Que acorde con lo expuesto en el considerando anterior la información que se comparta en la Comisión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR