Resolución número 1062 de 2019, por la cual se modifica el artículo 8º de la Resolución número 620 del 28 de marzo de 2014 - 13 de Agosto de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 808818885

Resolución número 1062 de 2019, por la cual se modifica el artículo 8º de la Resolución número 620 del 28 de marzo de 2014

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda
Número de Boletín51044

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 8º del Decreto ley 555 de 2003 y en desarrollo de lo previsto en la Sección 2.1.1.3.3 del Decreto 1077 del 26 de mayo de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el Gobierno nacional mediante la Sección 2.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015, definió el marco para la implementación del "Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores" (VIPA), el cual incluye la cobertura de tasa de interés, como un beneficio para facilitar a los hogares beneficiarios del Programa, el cierre efectivo de la operación financiera en la compra de la vivienda.

Que el artículo 2.1.1.3.1.2.3 del Decreto 1077 de 2015, estableció que los potenciales deudores de crédito, pertenecientes a los hogares que resulten beneficiarios del subsidio familiar de vivienda a que se refiere el artículo 2.1.1.3.1.2.1 del Decreto 1077 de 2015 podrán acceder a la cobertura de tasa de interés prevista en el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011, en las condiciones y términos que establezca el Gobierno nacional.

Que mediante la Sección 2.1.1.3.3 del Decreto 1077 de 2015 el Gobierno nacional reglamentó el artículo 123 de la Ley 1450 de 2011 en lo que respecta a la cobertura de tasa de interés para los potenciales deudores de crédito pertenecientes a los hogares que resulten beneficiarios del "Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores".

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 2.1.1.3.3.2 del Decreto 1077 de 2015, el Fondo Nacional de Vivienda (Fonvivienda) puede definir el número de coberturas disponibles para los créditos que serán objeto del beneficio.

Que Fonvivienda mediante Resolución número 620 del 28 de marzo de 2014, definió en ochenta y seis mil (86.000) el número de coberturas disponibles para los créditos otorgados por los establecimientos de crédito para la compra de las viviendas que se ejecuten en los proyectos seleccionados en el marco del "Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores" de que trata la Sección 2.1.1.3.1 del Decreto 1077 de 2015.

Que de la dinámica del "Programa de Vivienda de Interés Prioritario para Ahorradores", se evidenciaron atrasos en la ejecución que conllevan el desarrollo de las etapas de comercialización, construcción...

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