Resolución número 108 de 2019, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución: 'por la cual se adopta la fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios de los contratos del mecanismo complementario del que trata el artículo 6º de la Resolución 40591 del Ministerio de Minas y Energía - 26 de Septiembre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 815100725

Resolución número 108 de 2019, por la cual se ordena hacer público un proyecto de resolución: 'por la cual se adopta la fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios de los contratos del mecanismo complementario del que trata el artículo 6º de la Resolución 40591 del Ministerio de Minas y Energía

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51088

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994 y 1260 de 2013,

CONSIDERANDO QUE:

Conforme a lo dispuesto por el artículo 8º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el artículo 2.2.13.3.2 del Decreto 1078 de 2015 y el artículo 33 de la Resolución CREG 039 de 2017, la Comisión debe hacer público en su página web todos los proyectos de resolución de carácter general que pretenda adoptar.

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su sesión número 943 del 12 de septiembre de 2019, aprobó hacer público el proyecto de resolución: "por la cual se adopta la fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios de los contratos del mecanismo complementario del que trata el artículo 6º de la Resolución 40591 de 2019 del Ministerio de Minas y Energía".

RESUELVE:

Artículo 1º Hágase

público el siguiente proyecto de resolución. "Por la cual se adopta la fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios de los contratos del mecanismo complementario del que trata el artículo 6º de la Resolución 40591 de 2019 del Ministerio de Minas y Energía".

Artículo 2º Se invitan a los agentes, a los usuarios, a las autoridades competentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a la Superintendencia de Industria y Comercio, para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a publicación del proyecto en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.

Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deben dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión a la siguiente dirección: Avenida calle 116 Nº 7-15 Edificio Torre Cusezar, Interior 2, Oficina 901, o al correo electrónico: creg@creg.gov.co con el asunto "Modificación Resolución CREG 108 de 2019".

Artículo 3º La presente resolución no deroga disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 12 de septiembre de 2019. La Presidente,

María Fernanda Suárez Londoño, Ministra de Minas y Energía.

El Director Ejecutivo,

Christian Jaramillo Herrera.

PROYECTO DE RESOLUCIÓN por la cual se adopta la fórmula de traslado en el componente de compras de energía al usuario regulado de los precios de los contratos del mecanismo complementario del que trata el artículo 6º de la Resolución 40591 de 2019 del Ministerio de Minas y Energía. La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por las Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo del Decreto 1524 y 2253 de 1994, el Decreto 1260 de 2013 y el Decreto

0570 de 2018.

CONSIDERANDO QUE:

El artículo 365 de la Constitución Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado y es deber de este asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

El artículo 3 º de la Ley 142 de 1994 señala que la regulación de los servicios públicos es una forma de intervención del Estado en la economía. En este sentido, la función de regulación está orientada no solo a corregir fallas del mercado sino a desarrollar los fines esenciales de los servicios públicos. De igual forma, señala que dentro de los fines que persigue la intervención del Estado en la prestación de los servicios públicos domiciliarios se encuentran: la prestación eficiente, continua e ininterrumpida, la libre competencia y la no utilización...

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