Resolución número 109 de 2016, por la cual se unifican los folios de Matrículas Inmobiliarias número 090-0030268 y 090-0038516 - 6 de Octubre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 650668361

Resolución número 109 de 2016, por la cual se unifican los folios de Matrículas Inmobiliarias número 090-0030268 y 090-0038516

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Ramiriquí, Boyacá
Número de Boletín50018

La suscrita Registradora de Instrumentos Públicos del Círculo de Ramiriquí (Boyacá), en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por los artículos , 49 y 59 de la Ley 1579 de 2012, Decreto 2723 de 2014 y Ley 1437 de 2011,

CONSIDERANDO QUE: RESUELVE:

Primero: Ordénese la unificación del folio de Matrícula Inmobiliaria número 090-0030268 en el folio de Matrícula Inmobiliaria número 090-0038516, teniendo en cuenta la nueva hoja de ruta como consecuencia de ello ordénese el cierre del primer folio de matrícula citado, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia, previo traslado de los registros de la Escritura 271 de fecha 26/02/1994 de la Notaría Primera de Ramiriquí, registrada el 16/03/1994, valor del acto $300.000,00, venta de Ulloa Pulido Abdías y Gaona de Ulloa Filomena a favor de Ulloa Gaona José Melquisedec, naturaleza jurídica, modo de adquirir, venta, Código 0101, siendo correcta la naturaleza jurídica, falsa tradición, compraventa de derechos y acciones, derechos comprados por escritura 210/1952, Código 0607, la cual quedara como anotación número ocho (8) del folio de matrícula que quede vigente; Escritura número 1258 de fecha 08/10/1997 de la Notaría Primera de Ramiriquí, registrada el 09/10/1997, valor del acto $458.000,00, venta de Ulloa Gaona Melquisedec a favor de Ojeda Sanabria Pablo Emilio, naturaleza jurídica, modo de adquirir, compraventa, Código 0101, siendo correcta la naturaleza jurídica, falsa tradición, compraventa de derechos y acciones, derechos comprados por Escritura 271/1994, Código 0607, la cual quedara como anotación número nueve (9) del folio de matrícula que quede vigente; Escritura número 922 de fecha 14/09/2001 de la Notaría Primera de Ramiriquí, registrada el 17/09/2001, valor del acto $2.612.000,00, venta de Ojeda Sanabria Pablo Emilio a favor de Ruiz Arguello Orlando, naturaleza jurídica, modo de adquirir, compraventa, Código 0101, siendo correcta la naturaleza jurídica, falsa tradición, compraventa de derechos y acciones, derechos comprados por Escritura 1258/1997, Código 0607 la cual quedara como anotación número diecisiete (17) del folio de matrícula que quede vigente.

Segundo: Insértese en el folio de Matrícula Inmobiliaria número 090-0038516, de conformidad a la nueva hoja de ruta, como anotación número uno (1) el antecedente registral de la Escritura 496 de fecha 15/07/1921 de la Notaría primera de Turmequé, registrada el 08/08/1921, valor del acto $80, venta de Reyes Dulcey Rodulfo a favor de Cuervo Rumual-do, naturaleza jurídica, falsa tradición, compraventa...

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