Resolución número 11 de 2015, por la cual se resuelve una actuación administrativa tendiente a la corrección de las matrículas inmobiliarias que se desprenden del Folio de Matrícula número 023-542, en cuanto a incluir en estas la anotación referente a una servidumbre de conducción de energía eléctrica, constituida mediante Escritura Pública número 1384 del 10 de junio de 1987, de la Notaría Única de Bello, sobre el predio denominado Finca El Guaico, en jurisdicción del municipio de La Pintada. Expediente número 2015-023-3-39 - 4 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 584037326

Resolución número 11 de 2015, por la cual se resuelve una actuación administrativa tendiente a la corrección de las matrículas inmobiliarias que se desprenden del Folio de Matrícula número 023-542, en cuanto a incluir en estas la anotación referente a una servidumbre de conducción de energía eléctrica, constituida mediante Escritura Pública número 1384 del 10 de junio de 1987, de la Notaría Única de Bello, sobre el predio denominado Finca El Guaico, en jurisdicción del municipio de La Pintada. Expediente número 2015-023-3-39

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Santa Bárbara, Antioquia
Número de Boletín49655

La Registradora Seccional de Instrumentos Públicos de Santa Bárbara, Antioquia, ejerciendo las facultades legales y, en especial las conferidas por el Decreto número 2163 de 2011, y las Leyes 1437 de 2011 Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo y 1579 del 1º de octubre de 2012 (Estatuto de Registro), artículo 59, inciso 3º, y

CONSIDERANDO QUE: RESUELVE:

Artículo 1º

Ordenar corregir las matrículas inmobiliarias que se desprenden del Folio de Matrícula número 023-542, que son las siguientes: 023-8568, 023-8569, 023-14591, 023-14592, 023-14593, 023-14594, 023-14595, 023-16153, 023-16154, 023-16155, 02316156, 023-16157, 023-18573, 023-18574, 023-19302, 023-19303, en cuanto a incluir en estas la anotación referente a una servidumbre de conducción de energía eléctrica constituida en el predio matriz, mediante Escritura Pública número 1384 del 10 de junio de 1987, de la Notaría Única de Bello, que por error involuntario en el proceso de calificación, no se heredó a los folios que de esa mayor extensión se desprendieron.

Artículo 2º

Para cumplimiento de lo anterior, désele el correspondiente trámite a la corrección con Radicación número 2015-023-3-39, a efectos de incluir en las matrículas inmobiliarias que se desprenden del Folio de Matrícula número 023-542, que son las siguientes: 023-8568, 023-8569, 023-14591, 023-14592, 023-14593, 023-14594, 023-14595, 023-16153, 023-16154, 023-16155, 023-16156, 023-16157, 023-18573, 023-18574, 02319302, 023-19303, la anotación referente a una servidumbre de conducción de energía eléctrica constituida en el predio matriz, mediante Escritura Pública número 1384 del 10 de junio de 1987, de la Notaria Única de Bello.

Artículo 3º Notificar personalmente el contenido de esta resolución a las siguientes personas: 1

Interconexión Eléctrica S. A. E.S.P., con NIT 860.016.610-3. 2. Inversiones.

Santa Bárbara del Poblanco S. A., con NIT 800.119.621-9. 3. Silvia Catalina Santamaría Piliego, cédula de ciudadanía número 32336721. 4. Adriana Santamaría Piliego, cédula de ciudadanía número 32477958. 5. Rodolfo Fermín Santamaría Piliego, cédula de ciudadanía número 70552702. 6. Renata Marcela del Carmen Santamaría Piliego, cédula de ciudadanía número 42869623, entregándole copia íntegra de la misma. En caso de no ser...

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