Resolución número 1125 de 2015, por la cual se adopta la ruta para la declaratoria de áreas protegidas - 2 de Julio de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 577091418

Resolución número 1125 de 2015, por la cual se adopta la ruta para la declaratoria de áreas protegidas

EmisorMinisterio de Ambiente y Desarrollo Sostenible
Número de Boletín49561

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el artículo 5º numerales 1 y 4 de la Ley 99 de 1993, en el artículo 40 del Decreto 2372 de 2010 y en los numerales 1 y 3 del artículo

  1. del Decreto-ley 3570 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Convenio sobre Diversidad Biológica, aprobado por la Ley 165 de 1994 indica que los objetivos de conservación de la biodiversidad que se persiguen son: La conservación de la diversidad, la utilización sostenible de sus componentes y la participación justa y equitativa en los beneficios que se deriven del uso de recursos genéticos.

Que el referido convenio dispone como acciones de conservación in situ, que cada parte contratante, en la medida de lo posible, debe establecer un sistema de áreas protegidas; elaborar directrices para la selección, establecimiento y la ordenación de las áreas protegidas; promover la protección de ecosistemas de hábitats naturales y el mantenimiento de poblaciones viables de especies en sus entornos naturales, así como el desarrollo am-bientalmente sostenible en zonas adyacentes a las áreas protegidas; rehabilitar y restaurar ecosistemas degradados y promover la recuperación de especies amenazadas; armonizar las utilizaciones actuales de la biodiversidad con la conservación y utilización sostenible de sus componentes; establecer la legislación necesaria para la protección de especies y poblaciones amenazadas; respetar y mantener los conocimientos, innovaciones y prácticas de las comunidades indígenas y locales que entrañen estilos tradicionales de vida pertinentes para la conservación y utilización sostenible de la biodiversidad, entre otras.

Que mediante Decisión VII.28 de la Séptima Conferencia de las Partes -COP 7- del Convenio sobre Diversidad Biológica, se aprobó el Programa Temático de Áreas Protegidas que confirma que es indispensable hacer esfuerzos para establecer y mantener sistemas de áreas protegidas, aplicando el enfoque ecosistémico con el objetivo de establecer y mantener sistemas completos, eficazmente manejados y ecológicamente representativos de áreas protegidas.

Que atendiendo a lo anterior y teniendo en cuenta el desarrollo del Conpes 3680 de 2010, se expidió el Decreto 2372 de 2010 "por el cual se reglamenta el Decreto-ley 2811 de 1974, la Ley 99 de 1993, la Ley 165 de 1994 y el Decreto-ley 216 de 2003, en relación con el Sistema Nacional de Áreas Protegidas, las categorías de manejo que lo conforman y se dictan otras disposiciones".

Que en el referido decreto, se establecen los criterios que deben orientar la declaratoria de áreas protegidas, así como también se contempla la normatividad vigente y necesaria para el desarrollo de la misma.

Que la designación de nuevas áreas protegidas debe realizarse conforme los preceptos del enfoque ecosistémico, y por ende debe contemplar aspectos de las dimensiones biofísica, socioeconómica y cultural, para lo cual se debe obtener la información correspondiente y más apropiada a estas temáticas, que se encuentran establecidas en el documento de ruta de declaratoria.

Que en el artículo 40 del referido decreto, se ordena al Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible expedir mediante resolución, una ruta para la declaratoria de áreas protegidas que desarrolle las fases del procedimiento de la misma.

Que dicho procedimiento, tiene por objeto señalar las fases los contenidos, las acciones y las responsabilidades de las autoridades ambientales del orden nacional o regional, para la declaratoria de áreas protegidas.

Que este Ministerio de manera conjunta con Parques Nacionales Naturales de Colombia, desarrolló el documento denominado "Ruta declaratoria de áreas protegidas del Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP)". Lo anterior en virtud de lo establecido en las funciones de Parques Nacionales Naturales de Colombia como coordinador del Sistema Nacional de Áreas Protegidas establecidas en el Decreto 3572 de 2011 y la obligación de adoptar la ruta por parte de este Ministerio.

Que la ruta para la declaratoria ha sido estructurada en tres fases; una fase considerada de preparación, en la cual a partir de la identificación de las prioridades de conservación se da a conocer la iniciativa a los actores estratégicos; la fase de aprestamiento, en la que se recopila toda la información, se delimita y se categoriza el área; y finalmente la fase de declaratoria, que culmina el proceso mediante la elaboración del documento síntesis y declaratoria.

En mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1º Adopción.

Adoptar la "Ruta para la declaratoria de áreas protegidas", la cual hace parte integral de la presente resolución y se incluye como documento anexo de la misma.

Artículo 2º Ámbito de Aplicación.

La presente resolución aplica para la declaratoria o ampliación de las áreas protegidas públicas a que hace referencia el Decreto 2372 de 2010 o la norma que lo modifique, sustituya o derogue.

Parágrafo. Lo dispuesto en el presente acto administrativo no aplica a la homologación de áreas protegidas de que trata el artículo 23 del Decreto 2372 de 2010.

Artículo 3º Comunicación.

Comunicar el presente acto administrativo a las Corporaciones Autónomas Regionales y para el Desarrollo Sostenible; Parques Nacionales Naturales de Colombia; Instituto de Hidrología, Meteorología y Estudios Ambientales, (Ideam), Instituto de Investigaciones Marinas y Costeras "José Benito Vives de Andreis", Invemar; Instituto de Investigación de Recursos Biológicos "Alexander Von Humboldt"; Instituto Amazónico de Investigaciones Científicas "Sinchi"; Instituto de Investigaciones Ambientales del Pacífico "John Von Neumann"; y la Academia Colombiana de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.

Parágrafo. Por la Dirección de Bosques, Biodiversidad y Servicios Ecosistémicos de este Ministerio, realizar los actos propios de las disposiciones contenidas en el presente artículo.

Artículo 4º Publicación.

La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial y deroga expresamente el artículo 5º de la Resolución 1526 de 2012.

Comuníquese, publíquese y cúmplase.

11 de mayo de 2015.

El Ministro de Ambiente y Desarrollo Sostenible,

Gabriel Vallejo López. RUTA PARA LA DECLARATORIA DE ÁREAS PROTEGIDAS DEL SISTEMA NACIONAL DE ÁREAS PROTEGIDAS (SINAP)

DIRECCIÓN DE BOSQUES, BIODIVERSIDAD

Y SERVICIOS ECOSISTÉMICOS DEL MINISTERIO DE AMBIENTE Y DESARROLLO SOSTENIBLE (MADS) Y PARQUES NACIONALES NATURALES DE COLOMBIA (PNNC) Bogotá, mayo de 2015

TABLA DE CONTENIDO

  1. INTRODUCCIÓN

  2. PREÁMBULO

  3. FASES

    3.1. FASE I: Preparación

    - Valoración de la iniciativa.

    - Estado del arte de la información social, económica y cultural.

    - Canales de comunicación.

    3.2. FASE II: Aprestamiento

    - Identificación y descripción de actores.

    - Participación activa de actores.

    - Base técnica y análisis de la propiedad, sectorial y jurídico.

    3.3. FASE III: Declaratoria o Ampliación

    - Sustentación del proceso de declaratoria.

    - Acciones complementarias.

    - Documentos finales de declaración o ampliación.

    - Suscripción acto administrativo de declaratoria o ampliación.

  4. CONSULTA PREVIA

  5. INTRODUCCIÓN

    Colombia suscribió el convenio de Diversidad Biológica aprobado a través de la Ley 165 de 1994, con base en el cual se adquirió el compromiso de conformar y consolidar un Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP), integrado por el conjunto de áreas protegidas, actores sociales y estrategias e instrumentos de gestión que las articulan, para contribuir al cumplimiento de los objetivos de conservación del país.

    Adicionalmente, con la adopción del Programa de Trabajo sobre Áreas Protegidas, en el año 2004 y la emisión del documento Conpes 3680 en el año 2010, Colombia se comprometió a establecer y mantener el Sistema Nacional de Áreas Protegidas (SINAP) completo, eficazmente manejado y ecológicamente representativo, contribuyendo al logro de los objetivos del Convenio de Diversidad Biológica.

    Dentro del SINAP se incluyen todas las áreas protegidas tanto públicas como privadas, y del ámbito de gestión nacional y regional. Es así, como se presentan diferentes categorías de manejo, de acuerdo al nivel de biodiversidad que protegen, su estado de conservación, la escala de gestión y las actividades que en ellas se permitan.

    Las áreas protegidas se definieron en el artículo 2º del Decreto 2372 de 2010 como "área definida geográficamente, que haya sido designada, regulada y administrada a fin de alcanzar objetivos específicos de conservación". Estas áreas representan una de las estrategias más importantes para conservar la biodiversidad in situ, ya que por medio del diseño y puesta en marcha de diferentes medidas de manejo, se asegura la conservación de los valores naturales, culturales y los servicios ecosistémicos que conservan y proveen.

    Es así, como las áreas protegidas contribuyen a la conservación de la diversidad biológica y a garantizar la oferta de servicios ecosistémicos que hacen posible el desarrollo productivo del país y el bienestar de la sociedad, ya que conservan ecosistemas estratégicos para la conservación de especies animales, vegetales y otras formas de vida, manteniendo hábitats claves, refugios, espacios de migración, zonas de desplazamiento y áreas de conexión entre unidades biogeográficas, entre otras. También contribuyen a la regulación del recurso hídrico, a la adaptación y mitigación al cambio climático, a la regulación del clima, a la reducción y mitigación de riesgos naturales, a la seguridad alimentaria y a la protección de las culturas propias de nuestro país, siendo territorios que permiten la pervivencia de poblaciones étnicas y que albergan parte de nuestro patrimonio arqueológico e histórico.

    Dada la importancia que tiene la declaración o ampliación de un área protegida, se requiere...

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