Resolución número 115 de 2018, por la cual se señala y delimita la Zona Minera Indígena del Resguardo de La Cristalina ubicado en los municipios de Quibdó y Medio Atrato, en el departamento de Chocó, y en el municipio de Urrao departamento de Antioquia - 6 de Junio de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 727905513

Resolución número 115 de 2018, por la cual se señala y delimita la Zona Minera Indígena del Resguardo de La Cristalina ubicado en los municipios de Quibdó y Medio Atrato, en el departamento de Chocó, y en el municipio de Urrao departamento de Antioquia

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia Nacional de Minería
Número de Boletín50616

La Vicepresidente de Promoción y Fomento de la Agencia Nacional de Minería, en uso de las facultades legales establecidas por el artículo 122 de la Ley 685 de 2001, y en especial las conferidas en el numeral 7 del artículo 17 del Decreto número 4134 de 2011, la Resolución número 1032 del 9 de diciembre de 2016, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 122 de la Ley 685 de 2001 establece que "La autoridad minera señalará y delimitará, con base en estudios técnicos y sociales, dentro de los territorios indígenas, zonas mineras indígenas en las cuales la exploración y explotación del suelo y subsuelo mineros deberán ajustarse a las disposiciones especiales del presente Capítulo sobre protección y participación de las comunidades y grupos indígenas asentados en dichos territorios (...)".

Que el numeral 1 del artículo del Decreto número 4134 de 2011 establece que la Agencia Nacional de Minería (ANM) debe ejercer la función de autoridad minera o concedente en el territorio Nacional.

Que el numeral 7) del artículo 17 del Decreto número 4134 de 2011 asigna a la Vicepresidencia de Promoción y Fomento la función de "Dirigir los estudios técnicos y sociales requeridos para señalar y delimitar las zonas mineras indígenas, de comunidades negras y mixtas, así como la declaratoria de las mismas, en los términos establecidos en la ley", y de acuerdo con el concepto emitido por la Oficina Asesora Jurídica, mediante Memorando Interno número 20131200111993, establece que "la facultad de delimitar y declarar zonas mineras indígenas, de comunidades negras o mixtas se encuentra en cabeza de la Vicepresidencia de Promoción y Fomento", el cual fue reiterado mediante correo electrónico del 8 de octubre de 2013 emitido por el Jefe de la Oficina Asesora Jurídica.

Que a través de radicado número 20151000013392 de 17 de noviembre de 2015 (folio 1) el gobernador del Resguardo Indígena de La Cristalina, Juan Alirio Esteves Bitucay, solicitó la delimitación de una Zona Minera en el Resguardo de La Cristalina, lo cual se reitera mediante radicado número 20165510087882 de 14 de marzo de 2016 (folio 15).

Que el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria (Incora) expidió la Resolución número 014 de 2000 del 29 de junio de 2000, "por la cual se confiere el carácter legal de resguardo, en favor de la comunidad indígena Embera-Chamí de La Cristalina, a un globo de terreno baldío, localizado en jurisdicción del Municipio de El Carmen, Departamento del Chocó" (folios 6 - 9).

Que mediante Oficio de la ANM número 20164100083391 del 14 de marzo de 2016 (folio 14) dirigido al Ministerio del Interior Dirección de Asuntos Indígenas ROM y Minorías, la Agencia Nacional de Minería, solicitó que se expida certificación de quienes ejercen como autoridad indígena, y su respectivo período de vigencia en el Resguardo Indígena La Cristalina.

Que la Dirección de Asuntos Indígenas, ROM y Minorías del Ministerio del Interior a través de oficio recibido por la ANM mediante radicado 20165510098132 de 29 de marzo de 2016 (folio 19), señaló lo siguiente:

(.) "Nospermitimos informar que consultadas las bases de datos institucionales de registro de Autoridades y/o Cabildos Indígenas de esta Dirección, se encontró lo siguiente:" Se registra el señor Gildardo Arce Quergama, identificado con cédula de ciudadanía número 1004027592, como Gobernador del Resguardo La Cristalina - Municipio de Carmen del Atrato.

(.)

Que el Ministerio del Interior, mediante certificación "Sobre la presencia o no de comunidades étnicas en las zonas de proyectos, obras o actividades a realizarse" número 0320 del 3 de abril de 2017 (Folios 51-54)), certifica que: "...se registra presencia del Resguardo Indígena La Cristalina de la etnia Emberá Chamí constituida por el...

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