Resolución Número 116 de 2019 por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución CREG 084 de 2019, por la cual se resuelve la solicitud de inclusión de Cláusulas Exorbitantes en un Contrato de Operación de las actividades de comercialización y distribución del servicio de energía eléctrica en el área de prestación del servicio de Emcartago ESP - 25 de Enero de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 839628398

Resolución Número 116 de 2019 por la cual se resuelve el recurso de reposición contra la Resolución CREG 084 de 2019, por la cual se resuelve la solicitud de inclusión de Cláusulas Exorbitantes en un Contrato de Operación de las actividades de comercialización y distribución del servicio de energía eléctrica en el área de prestación del servicio de Emcartago ESP

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas
Número de Boletín51207

La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 142 1994, y en desarrollo de los Decretos 1524, 2253 de 1994, 1260 de 2013, 1073 de 2015 y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante la Resolución CREG 084 de julio 17 de 2019 y que fue notificada el 12 de agosto de 2019, se resolvió la solicitud de inclusión de cláusulas exorbitantes a favor de la Empresa Municipal de Cartago S.A. ESP - Emcartago ESP, en los siguientes términos:

Artículo 1º Con base en lo dispuesto en las Leyes 142 y 143 de 1994, se aprueba la solicitud de inclusión de Cláusulas Exorbitantes en un Contrato de Operación de las actividades de comercialización y distribución del servicio de energía eléctrica en el área de prestación del servicio de Emcartago ESP

Las cláusulas excepcionales que se autorizan son las de caducidad, interpretación unilateral, modificación unilateral y terminación unilateral del contrato.

Artículo 2º Recursos

La presente resolución deberá notificarse a la Empresa Municipal de Cartago S. A. ESP y publicarse en el Diario Oficial. Contra lo dispuesto en este acto procede el recurso de reposición, el cual se podrá interponer ante la Dirección Ejecutiva de la CREG dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de su notificación.

Con posterioridad y dentro del término establecido en la ley, mediante radicado E-2019-0078805 de fecha 20 de agosto de 2019, Emcartago ESP, interpone recurso de reposición contra la resolución en mención, teniendo en cuenta las siguiente

CONSIDERACIONES:

"... la CREG no se pronunció respecto de la terminación anticipada de contrato y de las cláusulas contenidas en el capítulo XI del contrato en cuestión, las cuales contemplan multas, sus causales y el procedimiento para su aplicación.

  1. Si bien es cierto que, las cláusulas excepcionales aprobadas son mecanismos para resguardar al usuario del servicio de incumplimiento de los compromisos...

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