Resolución número 1177 de 2019, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 689 de 2017, por medio de la cual se modifica la Resolución número 435 de 2016, que estableció la tabla de rendimientos de la Subdirección de Catastro del Instituto Geográfico 'Agustín Codazzi' - 8 de Octubre de 2019 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 818579429

Resolución número 1177 de 2019, por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución número 689 de 2017, por medio de la cual se modifica la Resolución número 435 de 2016, que estableció la tabla de rendimientos de la Subdirección de Catastro del Instituto Geográfico 'Agustín Codazzi'

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín51100

La Directora General del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confieren numeral 15 del artículo 6º del

Decreto 208 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la expedición de la Ley 1673 de 2013, se reglamentó la actividad del avaluador, con el objeto de establecer responsabilidades, competencias y obligaciones, así como el reconocimiento general de la actividad del avaluador, con lo cual, según lo dispuesto en el artículo 1 º de la citada ley, se busca prevenir los riesgos sociales de inequidad, injusticia, ineficiencia, restricción del acceso a la propiedad, falta de transparencia y posible engaño a compradores y vendedores o al Estado, así como también, obtener el reconocimiento general de la actividad de los avaluadores, en cumplimiento de los principios constitucionales de transparencia y equidad, entre otros.

Que el artículo 6º de la Ley 1673 de 2013, estableció que para ser inscrito como avaluador se deben acreditar los siguientes requisitos:

  1. Acreditar la especialidad que lo requiera:

"■■■(i) formación académica a través de uno más programas académicos debidamente reconocidos por el Ministerio de Educación Nacional que cubran: (a) teoría del valor, (b) economía y finanzas generales y las aplicadas a los bienes a avaluar, (c) conocimientos jurídicos generales y los específicos aplicables a los bienes a avaluar, (d) las ciencias o artes generales y las aplicadas a las características y propiedades - intrínsecas de los bienes a avaluar, (e) de las metodología generales de valuación y las específicas de los bienes a avaluar; (d) métodos matemáticos y cuantitativos para la valuación de los bienes y (e) en la correcta utilización de los instrumentos de medición utilizados para la identificación o caracterización de los bienes a avaluar^.".

Que mediante la Resolución número 689 del 21 de junio de 2017, se modificó la Resolución número 435 del 2016 que estableció la tabla de rendimientos de la Subdirección de Catastro del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", en el sentido de ampliar los perfiles requeridos para las labores catastrales procurando el eficiente desarrollo de las actividades pactadas y el cumplimiento de los fines del Estado a cargo del Instituto.

Que en el artículo 3º de la Resolución número 689...

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