Resolución número 11792 de 2020, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio - 16 de Marzo de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 841360270

Resolución número 11792 de 2020, por la cual se suspenden términos en los trámites administrativos que adelanta la Superintendencia de Industria y Comercio

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Industria y Comercio
Número de Boletín51258

El Superintendente de Industria y Comercio, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 4886 de 2011 y,

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con las funciones asignadas a la Superintendencia de Industria y Comercio mediante el Decreto 4886 de 2011, la entidad adelanta procesos de carácter administrativo, en los cuales por expreso mandato legal, deben observarse términos procesales de estricto cumplimiento.

Que teniendo en cuenta los términos y plazos legales que debe garantizar la Entidad frente a la atención de la ciudadanía en general, el artículo 118 del Código General del

Proceso establece "(.) En los términos de días no se tomarán en cuenta los de vacancia judicial, ni aquellos en los que por cualquier circunstancia permanezca cerrado el Despacho" (negrilla fuera de texto), precepto legal aplicable a los procesos de carácter administrativo por disposición del artículo 306 de la Ley 1437 de 2011.

Que, conforme a lo anterior, le corresponde al Superintendente de Industria y Comercio garantizar el cumplimiento de los términos y asegurar las garantías en las actuaciones respecto de los ciudadanos que en ellas intervienen, con fundamento en el numeral 12 del artículo de la Ley 1437 de 2011 en el entendido que "(...) las autoridades deberán proceder (...) procurando (...) la protección de los derechos de las personas". En este caso, las garantías de los intervinientes en las actuaciones administrativas de la Superintendencia.

Que la Presidencia de la República y el Ministerio de Salud y Protección Social a través de Decreto 385 del 12 de marzo de 2020 declararon en todo el territorio nacional la emergencia sanitaria.

Que es de conocimiento público que el país se ha visto afectado por el virus COVID-19, catalogado por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como pandemia.

Que en aras de proteger los derechos de los ciudadanos y servidores públicos en el acceso a la administración, garantizando la seguridad y salud en el trabajo, se hace necesario suspender los términos de las actuaciones administrativas que se surten ante la Superintendencia de Industria y Comercio, del día 17 al 31 de marzo de 2020, inclusive.

Que, en consecuencia, no se prestará servicio en ninguna de las áreas que integran la entidad, ni de aquellas encargadas de la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR