Resolución número 1194 de 2017, por la cual se autoriza a Empresas de Obras Sanitarias de Pasto, S. A. E.S.P. (Empopasto) para realizar operaciones de manejo de deuda pública externa con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) - 10 de Mayo de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 679098689

Resolución número 1194 de 2017, por la cual se autoriza a Empresas de Obras Sanitarias de Pasto, S. A. E.S.P. (Empopasto) para realizar operaciones de manejo de deuda pública externa con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín50229

La Directora General de Crédito Publico y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 2.2.1.4.3 del Decreto número 1068 del 26 de mayo de 2015, la Resolución 2650 del 12 de noviembre de 1996, la Resolución 2822 del 30 de diciembre de 2002 y la Resolución 2563 del 9 de septiembre de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que Empresas de Obras Sanitarias de Pasto, S. A. E.S.P. (Empopasto) y el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) celebraron el 7 de diciembre de 2009, el contrato de préstamo externo No. 2183/OC-CO con garantía de la Nación, destinado a financiar parcialmente el "Programa de Agua Potable y Saneamiento para el municipio de Pasto", por USD 27.800.000;

Que mediante oficio número 1-2017-019810 del 16 de marzo de 2017, Empresas de Obras Sanitarias de Pasto, S.A. E.S.P. (Empopasto) solicitó a este Ministerio autorización para ejecutar operaciones de manejo de deuda pública, específicamente relacionada con la cobertura de riesgo, para realizar la conversión de un valor desembolsado de USD 23.941.726,38 y de un saldo por desembolsar de USD 3.858.273,62 (con Libor3m más un margen) a su equivalente en pesos colombianos (con tasa fija); operación que se realizará con el Banco Interamericano de Desarrollo (BID), según lo establecido en el contrato No. 2183/OC-CO con garantía de la Nación, destinado a financiar parcialmente el "Programa de Agua Potable y Saneamiento para el municipio de Pasto", suscrito entre las partes;

Que el artículo 2.2.1.1.3 del Decreto 1068 de 2015, estipula que constituyen operaciones propias del manejo de la deuda pública las que no incrementan el endeudamiento neto de la entidad estatal y contribuyen a mejorar el perfil de la deuda de la misma. Estas operaciones, en tanto no constituyen un nuevo financiamiento, no afectan el cupo de endeudamiento.

Dentro de las anteriores operaciones se encuentran comprendidas, entre otras, la refinanciación, reestructuración, renegociación, reordenamiento, conversión o intercambio, sustitución, compra y venta de deuda pública, los acuerdos de pago, el saneamiento de obligaciones crediticias, las operaciones de cobertura de riesgos, la titularización de deudas de terceros, las relativas al manejo de la liquidez de la Dirección General de Crédito Público y Tesoro...

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