Resolución número 1213 de 2020, por medio de la cual se desarrolla el Decreto número 1371 de 2020, en relación con las disposiciones transitorias en materia de Sistemas Especiales de Importación - Exportación (SEIEX) - 1 de Diciembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 853216493

Resolución número 1213 de 2020, por medio de la cual se desarrolla el Decreto número 1371 de 2020, en relación con las disposiciones transitorias en materia de Sistemas Especiales de Importación - Exportación (SEIEX)

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín51515

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el artículo 208 de la Constitución Política, los numerales 11 del artículo 2, 22 del artículo 2, 22 del artículo 7 y 15 y 18 del artículo 18, el numeral 30 del artículo 2º del Decreto 210 de 2003 y el artículo 2º del Decreto1371 de 2020,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 208 dela Constitución Política dispone que los Ministros son jefes de la administración en su respectiva dependencia y bajo la dirección del Presidente de la República, les corresponde formularlas políticas atinentes a su despacho, dirigir la actividad administrativa y ejecutar la ley.

Que de acuerdo con el numeral 11 del artículo 2 del Decreto 210 de 2003 modificado por el artículo 1º del Decreto 1289 de 2015, es función del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo formular dentro del marco de su competencia, las políticas relacionadas, entre otras, con la existencia y funcionamiento de los Sistemas Especiales de Importación -Exportación, así como de los demás instrumentos que promuevan el comercio exterior y velar por la adecuada aplicación de las normas que regulan estas materias.

Que el numeral 22 del artículo 7 del Decreto 210 de 2003, establece como función del Despacho del Ministro de Comercio, Industria y Turismo definir, dirigir, coordinar y evaluar las actividades relacionadas con la existencia y funcionamiento de los Sistemas Especiales de Importación - Exportación, entre otros, y demás instrumentos que promuevan el comercio exterior.

Que el artículo 18 del Decreto 210 de 2003 estableció que corresponde a la Dirección de Comercio Exterior la autorización, seguimiento, verificación y certificación del cumplimiento de los compromisos de exportación, imposición de medidas cautelares

y sanciones; cancelación de autorizaciones y la autorización de modificaciones a los beneficiarios de los Sistemas Especiales de Importación - Exportación; así como la proposición de criterios para el manejo y evaluación de las solicitudes y modificaciones de los programas de Sistemas Especiales de Importación- Exportación y velar por su debida ejecución.

Que en virtud de lo dispuesto en la Ley 7 de 1991, el Gobierno nacional expidió el Decreto 1371 del 19 de octubre de 2020 que establece medidas transitorias por un periodo de dieciocho (18) meses en el marco de los Sistemas Especiales de Importación -Exportación con el fin de adoptar disposiciones transitorias para el acceso y cumplimiento de compromisos de exportación, teniendo en cuenta la caída de las mismas con ocasión delos efectos del Coronavirus COVID-19.

Que se...

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