Resolución número 1228 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 407 de 2013 - 11 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845414859

Resolución número 1228 de 2020, por la cual se modifica la Resolución número 407 de 2013

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín51342

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 40 del artículo del Decreto número 4712 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que le corresponde al Ministerio de Salud y Protección Social, de conformidad con lo establecido por el artículo 80 de la Ley 1438 de 2011, determinar y comunicar anualmente a las Direcciones Departamentales, Municipales y Distritales de Salud, el nivel de riesgo en el que se categoricen las Empresas Sociales del Estado del nivel territorial, teniendo en cuenta sus condiciones de mercado, de equilibrio y viabilidad financiera, a partir de los indicadores financieros establecidos para este fin, sin perjuicio de la evaluación por indicadores de salud; las cuales atendiendo a su situación financiera, se clasificarán de acuerdo a la reglamentación expedida por el citado Ministerio;.

Que el artículo 8º de la Ley 1608 de 2013 estableció que la viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero de las Empresas Sociales del Estado, estaría a cargo del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

Que en virtud de lo anterior, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a través de la Resolución número 0407 de 2013 designó a la Dirección General de Apoyo Fiscal como la dependencia encargada de "cumplir con las funciones asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante el parágrafo del artículo 8º de la Ley 1608 de 2013, para estos efectos, ejecutará las funciones de viabilidad, monitoreo, seguimiento y evaluación de los Programas de Saneamiento Fiscal y Financiero que adelanten las Empresas Sociales del Estado" y "cumplir con las funciones asignadas al Ministerio de Hacienda y Crédito Público mediante el artículo 8º de la Ley 1608 de 2013, para estos efectos, ejecutará las funciones de nominación y promoción de los Acuerdos de Reestructuración de Pasivos que adelanten las Empresas Sociales del Estado".

Que el parágrafo 4º del artículo 77 de la Ley 1955 de 2019 establece "El Ministerio de Hacienda y Crédito Público remitirá a la Superintendencia Nacional de Salud la información de las Empresas Sociales del Estado que, de acuerdo con las evaluaciones realizadas por el Ministerio incumplan el Programa de Saneamiento Fiscal y Financiero, para que la Superintendencia...

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