Resolución número 123 de 2017, por la cual se acepta el desistimiento de unos recursos de reposición y de apelación, interpuestos contra la Nota Devolutiva del 3 de agosto de 2017, por la cual se negó el registro de la Escritura Pública número 909 del 14 de julio de 2017, de la Notaría Segunda de Sincelejo, radicada con el número 2017-340-6-7655 del 1º de agosto de 2017 - 19 de Noviembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 746314349

Resolución número 123 de 2017, por la cual se acepta el desistimiento de unos recursos de reposición y de apelación, interpuestos contra la Nota Devolutiva del 3 de agosto de 2017, por la cual se negó el registro de la Escritura Pública número 909 del 14 de julio de 2017, de la Notaría Segunda de Sincelejo, radicada con el número 2017-340-6-7655 del 1º de agosto de 2017

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo
Número de Boletín50782

El Registrador Principal de Instrumentos Públicos del Círculo de Sincelejo, Sucre, en ejercicio de sus facultades legales y en especial de las conferidas por la Ley 1579 de 2012, la Ley 1437 de 2011 y demás disposiciones concordantes, y

CONSIDERANDO:

Mediante Turno de Radicación número 2017-340-6-7655 del 1º de agosto de 2017, Metrosabanas solicitó el registro de la Escritura Pública número 909 del 14 de julio de 2017, otorgada en la Notaría Segunda de Sincelejo.

La Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, por medio de la Nota Devolutiva del 3 de agosto de 2017, inadmitió y por lo tanto devolvió sin registrar la Escritura Pública número 909 del 14 de julio de 2017, otorgada en la Notaría Segunda de Sincelejo, por las siguientes razones y fundamentos de derecho:

"1: En el folio de matrícula inmobiliaria citado se encuentra inscrito oficio de oferta de compra que deja el bien inmueble fuera del comercio (artículo 7º Decreto 2400 de 1989 reforma urbana).

Se devuelve el presente documento por lo siguiente: en el folio de matrícula inmobiliaria citado se encuentra inscrito oficio de oferta de compra que deja el bien fuera del comercio".

El Acto Administrativo previamente mencionado, se notificó el 9 de agosto de 2017, al señor Andrés Abad Mesa, quien en nombre y representación de la señora Yojaira del Socorro Meza Meza, mediante escrito radicado en esta Oficina con el número 3402017ER01951 del 10 de agosto de 2017, interpuso recursos de reposición y en subsidio de apelación contra la Nota Devolutiva del 3 de agosto de 2017, por medio de la cual esta oficina inadmitió y por lo tanto devolvió sin registrar la Escritura Pública número 909 del 14 de julio de 2017, de la Notaría Segunda de Sincelejo.

Sin embargo, el señor Andrés Alfonso Abad Mesa, por escrito radicado en esta oficina con el número 3402017ER02037 del 17 de agosto de 2017, desistió de los recursos de reposición y en subsidio de apelación interpuestos contra la Nota Devolutiva del 3 de agosto de 2017, por la cual la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Sincelejo, negó la inscripción de la Escritura Pública número 909...

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