Resolución número 1243 de 2018, por la cual se convoca y se fija el procedimiento y el calendario para la elección de los representantes de egresados ante el Consejo Superior, los Consejos de Facultad de Humanidades y Educación y los Consejos de algunos Departamentos para el período 2018-2020, y se adoptan otras disposiciones - 26 de Septiembre de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 741170421

Resolución número 1243 de 2018, por la cual se convoca y se fija el procedimiento y el calendario para la elección de los representantes de egresados ante el Consejo Superior, los Consejos de Facultad de Humanidades y Educación y los Consejos de algunos Departamentos para el período 2018-2020, y se adoptan otras disposiciones

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Pedagógica Nacional
Número de Boletín50728

El Rector de la Universidad Pedagógica Nacional, en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial la establecida en el Literal I) del artículo 25 del Acuerdo número 035 de 2005, y

CONSIDERANDO:

Que corresponde al Rector, en cumplimiento de lo dispuesto en el Literal l) del artículo 25 del Acuerdo número 035 de 2005, Estatuto General, "convocar a elecciones de los representantes de egresados, (...) a los Consejos de los cuales hacen parte, de acuerdo con la reglamentación que expida el Consejo Superior";

Que el artículo 4º del Acuerdo número 004 de 1994 dispone: "(.) el Rector definirá los procedimientos y expedirá el Calendario de elecciones correspondientes"; en concordancia con la anterior norma, el artículo 2º del Acuerdo número 039 de 1994 del Consejo Superior, facultó al Rector para fijar los procedimientos necesarios para la elección de los miembros de los diferentes consejos que operan en la Universidad;

Que el Literal f) del artículo 12 del Acuerdo número 035 de 2005 Estatuto General, establece que en la conformación del Consejo Superior Universitario será parte "Un representante de los egresados de la Universidad o su suplente, elegido por los mismos, que no tenga vínculo laboral con la Universidad";

Que el Literal g) del artículo 38 del Acuerdo número 035 de 2005 Estatuto General establece que en la conformación del Consejo de Facultad será parte "Un representante de los egresados o su suplente, elegido por los mismos previa convocatoria del decano, que no tenga vínculo laboral con la Universidad";

Que el Literal f) del artículo 1º del Acuerdo número 039 de 1994 del Consejo Superior, establece la conformación de los Consejos de Departamento y estipula en dicha conformación, "Un representante de los egresados o su suplente, elegido por los mismos previa convocatoria del decano, que no tenga vínculo laboral con la Universidad";

Que los representantes, principal y suplente de los egresados ante el Consejo Superior terminan su período el 4 de diciembre y 8 de noviembre de 2018 respectivamente;

Que los representantes, principal y suplente de los egresados ante el Consejo de Facultad de Humanidades terminan su período el 13 de noviembre de 2018;

Que los representantes, principal y suplente de los egresados ante el Consejo de Facultad de Educación terminan su período el 9 de noviembre de 2018;

Que mediante Resolución número 0155 de 2017 se convocó a elección de los representantes de egresados ante los Consejos de los Departamentos de Lenguas, Educación Musical, Tecnología, Matemáticas, Química y Física, pero no se inscribieron aspirantes, por lo cual, el proceso se declaró desierto para dichas representaciones mediante Circular número 20 de 2017 de la Secretaría General;

Que mediante Resolución número 0155 de 2017 se convocó a elección de los representantes de egresados ante el Consejo de Departamento de Posgrado, pero la fórmula de aspirantes inscrita no cumplió el proceso de inscripción, por lo cual, mediante Circular número 20 de 2017 de la Secretaría General se informó su exclusión del proceso de elección;

Que por las razones presentadas se hace necesario convocar y fijar el procedimiento y el calendario para la elección de los representantes de egresados ante el Consejo Superior, los Consejos de Facultad de Humanidades y Educación y los Consejos de los Departamentos de Lenguas, Posgrado, Educación Musical, Tecnología, Matemáticas, Química y Física para el período 2018-2020;

Por lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Ámbito de aplicación

La presente resolución aplicará al proceso de elección de los representantes de los egresados ante el Consejo Superior, los Consejos de Facultad de Humanidades y Educación y los Consejos de los Departamentos de Lenguas, Posgrado, Educación Musical, Tecnología, Matemáticas, Química y Física para el período.

2018-2020.

Artículo 2º Convocatoria.

En cumplimiento del Literal l) del artículo 25, el Literal g) del artículo 38 del Acuerdo número 035 de 2005, y el Literal f) del artículo 1º del Acuerdo número 039 de 1994 del Consejo Superior, y por solicitud del señor Rector y los decanos, se convoca a los egresados de la universidad para que participen como aspirantes en la elección de representantes de egresados; y para que los egresados que se encuentren inscritos en el censo electoral elijan a través del voto electrónico a sus representantes (principal y suplente) ante los consejos que a continuación se relacionan:

· Consejo Superior

· Consejos de las Facultades de Humanidades y Educación.

· Consejos de los Departamentos de Lenguas, Posgrado, Educación Musical, Tecnología, Matemáticas, Química y Física.

Artículo 3º Divulgación.

Se realizará amplia difusión del proceso de elección de los representantes de egresados, a través de la página web institucional, en el sitio La Universidad - Elecciones y Designaciones - Elección de representantes de egresados 20182020, en las cuentas de correo de egresados registrados, en las redes sociales y demás medios de comunicación institucional que se dispongan.

Artículo 4º Requisitos para ser representantes de egresados.

Los aspirantes a representantes principal y suplente deben tener la condición de egresados de conformidad con lo establecido en el artículo 15 del Acuerdo número 014 de 2016, y no deben tener vínculo laboral con la Universidad Pedagógica Nacional.

Artículo 5º Comisión Veedora.

La Comisión Veedora hará seguimiento, acompañará las etapas del proceso, verificará el cumplimiento de la normatividad y comunicará a la Secretaría General las presuntas irregularidades que se pudieran presentar, con el objeto de garantizar trasparencia, eficiencia y diligencia del proceso de elección, y estará conformada por:

  1. El representante de los estudiantes ante el Consejo Superior o su suplente.

  2. La representante de los profesores ante el Consejo Superior o su suplente.

  3. La jefe de la Oficina de Control Interno o su delegado.

Artículo 6º Procedimiento de inscripción de fórmulas de aspirantes.

La inscripción de aspirantes a representantes de egresados ante el Consejo Superior, los Consejos de las Facultades Humanidades y Educación y los Consejos de los Departamentos de Lenguas, Posgrado, Educación Musical, Tecnología, Matemáticas, Química y Física, se hará en las fechas estipuladas en el calendario contemplado en la presente resolución.

Las fórmulas de aspirantes deberán enviar desde su cuenta de correo electrónico personal o institucional un mensaje al correo electrónico de la Secretaría General gobierno_universitario@pedagogica.edu.co manifestando su voluntad de participar como aspirantes a representantes de egresados ante uno de los consejos convocados en la presente Resolución, y adjuntando la siguiente documentación:

  1. Fotos en formato jpg o png, tamaño 3x4 (peso máximo 1 mega), a color, una por cada aspirante, especificando aspirante principal y suplente (el envío de la foto es opcional).

  2. Resumen de la hoja de vida en una (1) página tamaño carta, en formato .pdf.

  3. Formato escaneado de autorización de tratamiento de datos personales y de menores de edad FOR009GSI, debidamente diligenciado y firmado por cada aspirante principal y suplente.

  4. Propuesta de gestión a desarrollar durante su representación, en máximo tres (3) páginas tamaño carta y en formato .pdf.

El correo electrónico deberá contener la siguiente información:

  1. Asunto del mensaje de correo...

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