Resolución número 1266 de 2020, por la cual se amplía el plazo concedido en la Resolución número 01898 de 28 de junio de 2019, relativo al previsto en los literales a) y b) del artículo primero de la Resolución 01171 de 2015 - 29 de Junio de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 845856559

Resolución número 1266 de 2020, por la cual se amplía el plazo concedido en la Resolución número 01898 de 28 de junio de 2019, relativo al previsto en los literales a) y b) del artículo primero de la Resolución 01171 de 2015

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín51360

El Director General de la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil, en uso de sus facultades legales y en especial las que le confieren los artículos 1773, 1782 y 1790 del Código de Comercio, en concordancia con lo establecido en el artículo 3º, y numerales 4, 5, y 6 del artículo 5º y numeral 4 del artículo 9º del Decreto 260 de 2004, modificado por el Decreto 823 de 2017, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Resolución 1171 de 20 de mayo de 2015 se amplió en doce meses el plazo para que las aeronaves con peso máximo de despegue igual o inferior a 750 kilos (clasificadas como ultralivianas), utilizadas en actividades de aspersión aero-agrícola fueran certificadas en categoría ALS, conforme al RAC 26; ampliando también en igual término el plazo para que las personas o establecimientos que efectúen en favor de terceros la operación, mantenimiento o tripulación de aeronaves, con peso máximo de despegue igual o inferior a 750 kilos (clasificadas como ultralivianas) en actividades de aspersión aero-agrícola obtuvieran un permiso de operación y certificado de operación en la modalidad de servicios aéreos comerciales de trabajos aéreos especiales de aviación agrícola, de conformidad con lo previsto en las normas RAC 3 y RAC 137, a fin de poder continuar desarrollando las mencionadas actividades.

  2. Que el término citado en el numeral anterior resultó insuficiente para cumplir el proceso de certificación de las aeronaves ultralivianas, por lo cual mediante Resolución 2251 del 2 de agosto de 2017 este Despacho amplió hasta el 30 de junio de 2019, el plazo previsto en los literales a) y b) del artículo primero de la Resolución 1171 del 20 de mayo de 2015, de forma que dentro de dicho término se pudieran concluir los procesos de certificación en curso, tanto de las aeronaves como de las empresas solicitantes.

  3. Que durante el plazo concedido por las resoluciones anteriores, la Aeronáutica Civil exploró diversas alternativas e implementó diferentes planes de acción, con el propósito de fortalecer su capacidad técnica y administrativa requerida para atender los procesos de certificación de aeronaves categoría liviana (ALS), tal y como fue expuesto en el cuarto considerando de la Resolución 1898 del 28 de junio de 2019, mediante la cual se amplió hasta el 30 de...

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