Resolución número 1279 de 2020, por la cual se establecen medidas transitorias para el reconocimiento de la Asignación Mensual en el marco del proceso de reincorporación y se dictan otras disposiciones - 3 de Septiembre de 2020 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 847763670

Resolución número 1279 de 2020, por la cual se establecen medidas transitorias para el reconocimiento de la Asignación Mensual en el marco del proceso de reincorporación y se dictan otras disposiciones

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Agencia para la Reincorporación y la Normalización
Número de Boletín51426

El Director General de la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial la que le confiere el artículo 2.3.2.4.1. del Decreto 1081 de 2015, adicionado por el artículo 1º del Decreto 1363 de 2018 y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Ley 4138 de 2011, se creó la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas (ACR), como una Unidad Administrativa Especial del orden nacional, adscrita al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.

Que mediante Decreto Ley 897 de 29 de mayo de 2017, "Por el cual se modifica la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y se dictan otras disposiciones", se modificó la denominación de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, por Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN).

Que el Presidente de la República en virtud de las facultades conferidas por el artículo 2º del Acto Legislativo 01 de 2016, "Por medio del cual se establecen instrumentos jurídicos para facilitar y asegurar la implementación y desarrollo normativo del Acuerdo Final para la Terminación del Conflicto y la Construcción de una Paz Estable y Duradera", expidió el Decreto Ley 899 de 29 de mayo de 2017.

Que el Decreto Ley 899 de 2017 establece medidas, beneficios e instrumentos para la reincorporación económica y social, colectiva e individual de los exintegrantes de las farc-ep acreditados por la Oficina del Alto Comisionado para la Paz, en materia de salud, protección social, proyectos productivos y de vivienda, así como la Asignación Única de Normalización, la Renta Básica, la Asignación Mensual y el acceso al sistema financiero, entre otras disposiciones.

Que el artículo 1º del Decreto 1363 de 2018, adicionó el Capítulo 4, al Título 2, Parte 3 del Libro 2 del Decreto 1081 de 2015, el cual en su artículo 2.3.2.4.1 establece que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, mediante acto administrativo señalará las características y condiciones necesarias para el acceso a los beneficios económicos establecidos en el Decreto Ley 899 de 2017.

Que el artículo 284 de la Ley 1955 de 2019, Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2018 - 2022 "Pacto por Colombia, Pacto por la Equidad", modificó el inciso 2º del artículo 8º del Decreto Ley 899 de 2017, referente al beneficio de Asignación Mensual, así: "(...) Una vez cumplidos los veinticuatro (24) meses anteriormente señalados, se otorgará una asignación mensual equivalente al 90% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, sujeta al cumplimiento de la ruta de reincorporación, la cual se compone de: Formación Académica, Formación para el Trabajo y Desarrollo Humano, Acompañamiento

Psicosocial, Generación de Ingresos, entre otros componentes que dispongan el Gobierno nacional...".

Que la Agencia para la Reincorporación y la Normalización (ARN), en virtud de la facultad otorgada por el artículo 2.3.2.4.1 del Decreto 1081 de 2015, adicionado por el artículo 1º del Decreto 1363 de 2018, expidió la Resolución 4309 de 24 de diciembre de 2019 "Por la cual se establece la Ruta de Reincorporación", en la cual se señalaron, entre otros aspectos, los requisitos para acceder al desembolso de los beneficios económicos establecidos en el Decreto Ley 899 de 2017.

Que el artículo 25 de la Resolución 4309 de 2019, establece que de conformidad con el inciso 2º artículo 8º del Decreto Ley 899 de 2017 modificado por el artículo 284 de la Ley 1955 de 2019, se otorgará una Asignación Mensual equivalente al 90% del Salario Mínimo Mensual Legal Vigente, siempre y cuando el beneficiario cumpla mensualmente con los acuerdos y actividades establecidas en la hoja de ruta definida en el artículo 7º de la presente Resolución.

Que el artículo 27 de la Resolución 4309 de 2019, estableció una fase de transición para el otorgamiento del beneficio de Asignación Mensual, desde el 1º de enero de 2020 hasta el 30 de junio de 2020, en la cual el acceso a este beneficio estará sujeto a la asistencia a actividades mensuales acordadas previamente con la Agencia para la Reincorporación y la Normalización, registradas en el sistema de información, relacionadas al período de desembolso.

Que ante la identificación del nuevo virus COVID-19, desde el pasado 7 de enero se declaró este brote como Emergencia de Salud Pública de Importancia Internacional (ESPII) por parte de la Organización Mundial de la Salud.

Que el día 9 de marzo de 2020, el Director General de la OMS recomendó, en relación con COVID-19, que los países adapten sus respuestas a esta situación, de acuerdo al escenario en que se encuentre cada uno, asimismo invocó la adopción prematura de medidas con un objetivo común a todos los países: detener la transmisión y prevenir la propagación del virus para lo cual los...

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